Nuevo revés de la UE a la banca: ahora por el IRPH de las hipotecas

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Nuevo revés de la UE a la banca: ahora por el IRPH de las hipotecas

El abogado de la UE abre la puerta a que los jueces anulen estas hipotecas si son abusivas. El sector se juega hasta 44.000 millones

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Nuevo varapalo de la justicia europea a la banca española. El abogado general de la UE, Maciej Szpunar, ha dictaminado este martes que el índice IRPH, que referenciaba el precio de los préstamos hipotecarios, no está excluido del ámbito de la directiva sobre cláusulas abusivas y puede ser controlado judicialmente.

Eso significa que los jueces pueden dirimir si la contratación de las hipotecas referenciadas a ese índice se hizo con la suficiente transparencia e información que exige la legislación comunitaria y, en caso de que no fuera así, anular dicha referencia y obligar a devolver el dinero cobrado de más.

Su opinión no es concluyente pero suele ser tomada muy en cuenta por los jueces. La sentencia definitiva del Tribunal europeo se espera para finales de este año o principios de 2020. Si la resolución final es favorable a los hipotecados, las entidades financieras que operan en España tendrían que devolver entre 7.000 y 44.000 millones de euros, según los cálculos de Goldman Sachs.

En términos absolutos, CaixaBank sería la más expuesta, lo que le costaría entre 1.775 y 11.250 millones. Por su parte, Santander y BBVA tendrían que devolver ambos entre 1.014 y 6.428 millones; Bankia, entre 406 y 2.571 millones; Sabadell, entre 355 y 2.250 millones, y Unicaja Banco, entre 51 y 321 millones, siguiendo las estimaciones del banco de inversión.

Las entidades han reaccionado con fuertes retrocesos en bolsa. Caixabank se deja un 3,3% y Bankia 2,5%. Solo el Santander y Bankinter esquivan los números rojos.

El IRPH es un índice de referencia para los préstamos hipotecarios, alternativo al euríbor, que en términos generales se calculaba como el tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años concedidos por bancos y cajas de ahorros. Se implantó en 1994 a través de una orden ministerial y se utilizó hasta 2013. El Gobierno argumentó su creación en la necesidad de una nueva referencia oficial calculada por el Banco de España bajo estrictas normas de transparencia y que tomaba como ejemplo modelos de tipos considerados como estables en Europa que protegían al cliente frente a las oscilaciones en los mercados financieros. En esa época, el euríbor no dejaba de subir y se planteó como una alternativa menos volátil y expuesta a rápidas subidas.

Pero el índice de referencia comunitario empezó a caer (entró en tasas negativas en febrero de 2016) y el IRPH quedó como la alternativa cara. Mientras el euríbor estaba en caída libre, el IRPH se estabilizó en valores cercanos al 2%. Es este hecho, junto a las críticas por falta de transparencia en los contratos, llevó a distintos consumidores y organizaciones a iniciar una batalla judicial.

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