La Universidad de Barcelona se opone la maternidad subrogada por “mercantilizar” a la mujer

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La Universidad de Barcelona se opone la maternidad subrogada por “mercantilizar” a la mujer

Expertos en Bioética y Derecho piden que no se legalice esta gestación como pide Ciudadanos y que en caso de hacerlo la mujer pueda revocar su consentimiento en cualquier momento del proceso.

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El Observatorio de Bioética y Derecho (OBD) de la Universidad de Barcelona ha hecho público un documento sobre gestación por sustitución en el que se posiciona claramente en contra de esta práctica, también conocida como maternidad subrogada, y defiende que no debe ser una alternativa legal para tener descendencia por lo que supone una “mercantilización del cuerpo humano” y por las “situaciones de vulnerabilidad que genera”. Esto expertos advierten que en el caso de, que el poder legislativo español decidiera aprobar la gestación por sustitución, sería necesario realizar “un control judicial y debería ser una práctica gratuita, de manera que se impidiera el lucro de las agencias intermediarias”, un ‘negocio’ que denuncian mueve millones de euros. Igualmente, proponen que la mujer gestante pueda revocar su consentimiento en cualquier momento del proceso, hasta el cabo de unas semanas después del nacimiento.

Los expertos de Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona explica que han realizado este documento dado que debate sobre la gestación subrogada España se ha intensificado recientemente, con iniciativas como la propuesta de ley presentada por el grupo parlamentario de Ciudadanos (C ‘s) para regular esta práctica.

El documento recuerda los diversos marcos legislativos internacionales que hay actualmente sobre la cuestión. Apuntando que en Europa, la gestación por sustitución sólo se admite expresamente en el Reino Unido, Grecia y Portugal; en el resto de países existe la prohibición expresa o la no regulación. En cuanto a España, “no existe expresamente una prohibición, sino una declaración de nulidad del contrato, con lo cual la mujer gestante es la madre a todos los efectos legales”.

Y explica que dado los impedimentos legales que hay en España, y en general en Europa, algunas personas viajan a otros países donde la gestación por sustitución es legal. Una vez vuelven con el bebé, se encuentran con dificultades legales para que se reconozca el vínculo de filiación, si bien los tribunales pueden admitir este vínculo en virtud del principio de protección del interés del menor. Una práctica que estos expertos desaconsejan ya que no consideran “recomendable terminar aceptando la política de los hechos consumados”, dado que esto contribuiría a normalizar una conducta socialmente cuestionada.

Numerosas dudas

El OBD afirma que la gestación por sustitución “genera numerosas dudas sobre los derechos de la gestante, así como sobre la situación de explotación de las mujeres”. “No es una técnica de reproducción asistida como las otras, porque exige la participación de una mujer en un proyecto reproductivo ajeno que es, cuantitativa y cualitativamente, diferente de cualquier otra colaboración reproductiva”, explica el texto. Se señala que esta práctica conlleva “estar embarazada intentando no implicarse, ni psicológicamente ni emocionalmente, y renunciando, después, a todo vínculo personal, afectivo y jurídico con el nacido”.

Los autores del documento exponen además que la gestación por sustitución produce una instrumentalización o cosificación de la mujer, y que no toda relación humana “debe ser dirigida por la dinámica del mercado”. En este sentido, advierten del riesgo de explotación de mujeres vulnerables en países pobres o en vías de desarrollo. Ante el argumento de que si la mujer otorga su consentimiento voluntario para ser madre gestante no hay explotación, los autores apuntan que “la posibilidad de elección individual viene determinada por la posición que se ocupa en el mercado”. Se recuerda el principio de que el ser humano y sus partes no deben ser objeto de lucro y que, dado que hay un mercado muy lucrativo de miles de millones de euros en torno a la gestación por sustitución, “hay que tomar medidas porque ciertos aspectos de la vida reproductiva no se organicen como meras relaciones de comercio”.

Los expertos avisan que si a pesar de todos los argumentos esgrimidos en contra de esta práctica, el poder legislativo español aprueba una ley que admita la gestación por sustitución, dicha legislación debería toda una serie de garantías mínimas que debería cumplir la legislación.

El documento está coordinado por las profesoras de la UB María Casado y Mónica Navarro Michel, y forma parte de la colección de Bioética de Ediciones UB, que ha obtenido el Sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ) que otorgan la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT).

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