Una “ley integral contra la pobreza energética” para 4,6 millones de hogares que no pueden pagar la luz

Precio de la luz

Una “ley integral contra la pobreza energética” para 4,6 millones de hogares que no pueden pagar la luz

CCOO pide a Sánchez un nuevo bono social eléctrico por la inoperancia del establecido por Rajoy

Bombilla

“La inoperancia del vigente bono social eléctrico”, establecido por el anterior Gobierno, y la escalada de precios de la electricidad, hacen que CCOO plantee al Ejecutivo de Pedro Sánchez la necesidad de aprobar una ley integral sobre pobreza energética, que proteja a los 4,6 millones de hogares con dificultades para pagar la factura de la luz que ha calculado existen en España el Ministerio de Transición Ecológica, que dirige Teresa Ribera.

Dicha ley integral, a juicio del sindicato, debería considerar “la extensión de la protección al conjunto de suministros energéticos de los hogares (butano, gas…), con las adaptaciones que sean necesarias a las características de cada fuente energética, pero con similares criterios de concesión de la protección (renta, número de miembros de la unidad familiar, minusvalías, etc.)”.

Además, se propone establecer en la ley un Bono Social Energético que “incorpore de manera coordinada y coherente las distintitas medidas de lucha contra la pobreza energética, ya que tal como recuerda el sindicato, en 2015 el gasto en electricidad viene a suponer un 62% del gasto energético de los hogares, Según la Encuesta de Presupuestos Familiares, por lo que una protección exclusiva al consumidor eléctrico deja fuera a otros potenciales consumidores vulnerables.

Complicada burocracia

En relación al bono social, CCOO alerta que “la proximidad del vencimiento del plazo para solicitar el nuevo bono social que estableció el RD 897 de octubre de 2017, sin que sus efectos hayan llegado a la mayor parte de los potenciales beneficiarios, pone de manifiesto las carencias de la normativa que hasta ahora se ha establecido para paliar la pobreza energética”.

Recuerda que la nueva normativa estableció un plazo para adaptar el nuevo bono social que finaliza el 8 de octubre y, debido a la complicada tramitación administrativa, hasta ahora solo la cuarta parte de los actuales beneficiarios se han acogido al nuevo bono que establece descuentos en el recibo de la luz de entre el 25 y el 40% según sean consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión. A fecha del 2 de septiembre y según informó elperiódico.com solo 706.285 clientes tienen aprobado el nuevo bono social, es decir, 1,7 millones de usuarios menos que los que estaban adscritos a la antigua modalidad del viejo bono social (2,44 millones)”.

Por ello, para CCOO es preciso prorrogar dicho plazo para que “nadie con derecho a él esté excluido por cuestiones burocráticas; que todos los consumidores estén plenamente informados de las condiciones que les dan derecho a la prestación del bono social; y que exista asesoramiento e información acerca de medidas de eficiencia energética, algo especialmente relevante entre el colectivo de consumidores vulnerables. A este respecto, medidas como las planteadas en Francia de auditorías energéticas gratuitas para los hogares vulnerables podrían tener un impacto muy favorable.

Asimismo, CCOO ha venido planteando que este bono no soluciona los principales problemas de pobreza energética y que hacen falta otra serie de medidas más amplias y estructurales

Otras medidas

Adem, en opinión de dicha organización sindical, con la reforma del sistema de fijación de precios de la electricidad, “que ahora solo beneficia a las grandes compañías eléctricas y que es la principal causa del aumento de los precios de la misma”. Además, plantean “un impulso real a la rehabilitación energética, estableciendo desde la acción pública medidas concretas y amplias para el aislamiento térmico de viviendas de consumidores vulnerables, que suelen estar peor aisladas”.

Quién puede solicitar el bono social

Puede solicitar el Bono Social todo sujeto considerado “consumidor vulnerable”, “consumidor vulnerable severo” o “consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social” quienes siendo personas físicas en su vivienda habitual acogidos al Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC), cumplan alguno de los requisitos siguientes:
  1. a) Que su renta o, en caso de formar parte de una unidad familiar, la renta conjunta anual de la unidad familiar a que pertenezca sea igual o inferior:

-a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar;

-a 2 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar;

-a 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.

  1. b) Estar en posesión del título de familia numerosa.
  2. c) Que el propio consumidor o, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciban otros ingresos.

Estos multiplicadores de renta se incrementarán en 0,5 si concurre alguna de las siguientes circunstancias especiales:

-Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar acredite la situación de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente

– Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga la condición de víctima de terrorismo, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

– Cuando cumpliendo los requisitos anteriores, el consumidor o la unidad familiar a la que pertenezca, tengan una renta anual inferior o igual al 50% de estos umbrales, el consumidor será considerado vulnerable severo.

En el caso de las familias numerosas, el titular del contrato será considerado vulnerable severo si la renta anual de la unidad familiar es inferior o igual a dos veces el IPREM de 14 pagas. Para los pensionistas con pensión mínima la renta debe ser inferior o igual a una vez el IPREM de 14 pagas.

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