El BOE publica la expulsión de los dos policías condenados por el ‘chivatazo’ a ETA

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El BOE publica la expulsión de los dos policías condenados por el ‘chivatazo’ a ETA

El Supremo confirmó en 2014 la condena a un año y medio de cárcel y cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público impuesta por la Audiencia en 2006.

ETA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la pérdida de condición de funcionario de la Policía Nacional del exinspector jefe José María Ballesteros y el comisario Enrique Pamiés, ex jefe Superior de Policía del País Vasco, los dos agentes condenados por el ‘chivatazo’ a ETA en 2006.

La expulsión se hace oficial tras la publicación de sendas resoluciones, con fecha de 26 de abril de 2018, firmadas por el secretario de Estado de Seguridad en el Gobierno de Mariano Rajoy, José Antonio Nieto, de acuerdo a la condena ya firme de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que falló en contra de estos dos policías el 16 de octubre de 2013, según informa Europa Press

Un año después, la Sala Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena a un año y medio de cárcel y cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público impuesta por la Audiencia Nacional para Enrique Pamies y José María Ballesteros por un delito de revelación de secretos. El Alto Tribunal desestimó la pretensión de dos asociaciones de víctimas del terrorismo y del PP de condenarlos también por colaboración con ETA.

La sentencia consideraba probado que Pamiés –que solicitó su indultó– ordenó en mayo de 2006 a Ballesteros que contactara con el miembro destacado de la red de extorsión de ETA y dueño del bar Faisán de Irún (Guipúzcoa), Joseba Elosúa, para pasarle el teléfono desde el que iba a advertirle de que se iba a desarrollar de forma inminente una operación judicial y policial para detener a los implicados en el aparato de chantaje etarra a los empresarios.

“No estamos ante una acción directa de los acusados para favorecer la actividad de la banda terrorista, sino que fue guiada por la finalidad de que no se pudiera entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA”, recogió la sentencia en referencia al mandato del Parlamento con fecha de 17 de mayo de 2005 para que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero dialogara con ETA siempre que la banda dejara las armas.

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