El juez progresista de la Gürtel no podrá decidir sobre el ingreso en prisión de los condenados

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El juez progresista de la Gürtel no podrá decidir sobre el ingreso en prisión de los condenados

El CGPJ alega que el magistrado solo fue habilitado para finalizar la sentencia del caso que investiga la primera época de la trama corrupta.

Audiencia Nacional

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado que el magistrado José Ricardo de Prada pueda intervenir en la vistilla del «caso Gürtel I Época», donde se deciden las medidas cautelares y que se celebra este mismo lunes.

La decisión se basa en el informe de los técnicos del CGPJ tras la petición de Prada, uno de los jueces que firma la sentencia de la Gürtel: en principio el magistrado solo iba a participar en la redacción de la sentencia, pero solicitó participar en esta vistilla que decidirá sobre las medidas cautelares para 16 de los 27 condenados por la red de corrupción.

En este momento, solo Francisco Correa y Pablo Crespo permanecen en prisión provisional, pero queda conocer el destino inmediato de otros de los condenados con más penas mayores, como el extesorero del PP Luis Bárcenas y su esposa, Rosalía Iglesias o el exalcalde de Majadahonda Guillermo Ortega.

El motivo es que José Ricardo de Prada se halla en “situación administrativa de servicios especiales” ya que ha sido designado como «magistrado del mecanismo residual ante los Tribunales Internacionales de Naciones Unidas» en La Haya.

«La habilitación del magistrado en la deliberación y fallo de asuntos en el tribunal en el que tiene su plaza reservada mientras se halle en servicios especiales no lo es para poder participar en cualquier de los asuntos del órgano judicial, ni en las distintas incidencias que surjan con respecto a alguna de las causas en las que previamente intervino, sino, exclusivamente, en las actuaciones para las que el ordenamiento jurídico preestablezca su intervención», señalan los órganos técnicos.

El órgano considera que De Prada puede participar en «la deliberación, votación, redacción y firma de la sentencia», pero no «para participar en la resolución de cuestiones deducidas con posterioridad a su cese».

La Comisión Permanente ha acordado así trasladar a José Ricardo de Prada que «no procede en Derecho la habilitación para integrar el tribunal que deba conocer de las pretensiones que, en su caso, se deduzcan en la pieza de situación personal de los acusados, ni para rectificar o aclarar la Sentencia dictada en aquella causa».

El acuerdo ha sido aprobado con el voto de calidad del presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, después de que la votación haya arrojado un empate a cuatro. Han votado a favor, además de Lesmes, los vocales Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández y José María Macías; mientras que se han pronunciado en contra los vocales Fernando Grande-Marlaska, Rafael Mozo, Concepción Sáez y Pilar Sepúlveda.

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