Báñez endurece las exigencias para que los desempleados puedan cobrar el paro

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Báñez endurece las exigencias para que los desempleados puedan cobrar el paro

El Ministerio recuerda a las CCAA que los parados deben firmar un Acuerdo Personal de Empleo que les compromete a cumplir un “cuaderno de tareas”.

Fátima Báñez, ministra de Empleo.

El Ministerio de Empleo, que dirige Fátima Báñez, endurece las exigencia para que los desempleados puedan cobrar el paro, vinculando de manera definitiva el cobro de la prestación a un comportamiento activo en la búsqueda de un nuevo puesto de trabajo, para lo cual se le impondrá el cumplimiento de un ‘cuaderno de tareas’.

Lo desvela lainformación.com para después aclarar que “no se trata ni mucho menos de un compromiso formal más. La reforma de la Ley de Empleo de 2015 deja bien claro que “el incumplimiento, por causas no justificadas, del Acuerdo Personal de Empleo dará lugar a las sanciones que puedan corresponder y los incumplimientos por parte de personas que sean beneficiarias de prestaciones y subsidios por desempleo supondrán un incumplimiento del compromiso de actividad suscrito por las mismas”.

Este digital precisa que esta exigencia no es nueva, ya que así se dispone en la Ley General de Seguridad Social y así se desarrolla también en la Ley de Empleo, y señala que lo que ocurre ahora es que “en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo que acaba de pactar el Ministerio de Empleo con las comunidades autónomas precisa como nunca antes se había hecho el concepto de ‘compromiso de actividad’, mediante la regulación de la obligación de los desempleados de suscribir un Acuerdo Personal de Empleo – cuya existencia ya se previó en 2015, pero que no se había desarrollado hasta ahora- en virtud del cual se comprometen a participar en las acciones que los servicios públicos de intermediación laboral diseñen para ellos en el marco de su itinerario personalizado de empleo”.

Lainformación.com explica que el Acuerdo Personal de Empleo “es una suerte de contrato entre el Servicio Público de Empleo y el parado, donde el primero se compromete a ofrecer una serie de acciones al desempleado para mejorar su empleabilidad y facilitar su inserción laboral, y el segundo rubrica su intención de seguir el itinerario marcado y cumplir el calendario de acciones marcado en tiempo y forma. Ambas partes se quedan con una copia, que es la referencia que una y otra parte pueden invocar para acreditar que se ha cumplido lo pactado. A efectos del desempleado, del incumplimiento de ese ‘cuaderno de tareas’ se puede derivar una sanción que en última instancia podría hacerle perder la prestación.

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