Una ley, su mejor homenaje

Doctor Montes

Una ley, su mejor homenaje

El autor recuerda el legado de Luis Montes, fallecido la semana pasada, y el “linchamiento” que sufrió por su defensa a morir dignamente.

Doctor Luis Montes

El reciente fallecimiento del doctor Montes ha provocado una reacción de sorpresa, afecto e indignación en los sectores progresistas, que asistimos a su linchamiento profesional sin que después de casi trece años se le haya pedido perdón y mucho menos reparado mínimamente.

Recordar aquella época es rememorar el contexto de la derecha en 2005, aún dolida por la reciente derrota electoral y obcecada en la teoría de la conspiración, pero también ensayando una oposición de campañas preventivas frente al anunciado avance de los derechos civiles, entre ellos la posibilidad de legalizar el matrimonio homosexual, el aborto e incluso la eutanasia (aunque solo fuera para hacer frente el gran impacto social de la película “Mar Adentro”, de Alejandro Amenábar).

En la Comunidad de Madrid, el PP aumentaba la velocidad de su estrategia de externalizaciones y privatizaciones sanitarias, y con ello acentuaba el clima de confrontación dentro y fuera de los servicios sanitarios. Una confrontación también ideológica del anti modelo de una sanidad pública como nicho de negocio que aún hoy no ha terminado. El caldo de cultivo de la denuncia anónima, de su manipulación política y de la judicialización y linchamiento mediático y profesional estaban servidos.

Las consecuencias personales y profesionales fueron dramáticas e irreparables para el doctor Montes. Han vuelto en estos días con toda justicia a formar parte de las necrológicas en los medios de comunicación. Los impulsores de la campaña, como era de esperar, han mirado para otro lado o han vuelto a las insidias.

Sin embargo, si bien se ha hecho referencia en general a los cuidados paliativos y la sedación terminal, poco se ha hablado de las consecuencias del linchamiento del doctor en relación al derecho a morir dignamente, y en particular con respecto a la reivindicación de la legalización del suicidio asistido y la eutanasia. La estrategia y los planes de cuidados paliativos se han ido normalizando y desarrollando de forma parcial, incluso mediante leyes que de muerte digna solo tenían una parte menor de su nombre. Pero la eutanasia y el suicidio asistido se han vuelto a sumergir en el pantano del tabú, apareciendo fugazmente durante unas semanas después de cada caso similar al de Ramón Sampedro, como el de Inmaculada Echevarría, o solo por unos días con motivo del debate de iniciativas parlamentarias minoritarias encaminadas a su despenalización.

La respuesta siempre es la misma, aunque hayan pasado dos décadas desde la ultima reforma del Código penal en la materia: que el debate es complejo, que en la sociedad no está maduro, que las experiencias internacionales son controvertidas y los riesgos mayores que los supuestos beneficios, etc. Cuando no el argumento definitivo, tan manido como fútil, de que bastaría con unos buenos cuidados paliativos para que en el futuro fuera innecesaria la despenalización del suicidio asistido y la eutanasia. Unos cuidados paliativos que avanzan lentamente como consecuencia de la limitación de recursos, pero también de los prejuicios.

Estas excusas eluden los datos concretos que, a pesar de los tabúes y las censuras, apuntan a una toma de conciencia del problema y su posible solución cada vez mayor por parte de los profesionales sanitarios, de los operadores jurídicos y de la opinión pública en general. Diversas encuestas desde entonces han sacado a relucir que una mayoría de médicos y de enfermeras afirman haber recibido la petición de un paciente terminal del tipo de ayuda a morir que no tiene cauce en la normativa y los medios paliativos actuales. También desde la Comisión especial creada en el Senado durante la VI Legislatura y posteriores encuestas similares se concluye que es ya una mayoría de los españoles la que se pronuncia a favor de la legalización de la eutanasia.

En el ámbito de los operadores jurídicos han sido varias las asociaciones progresistas de jueces, fiscales y abogados que se han manifestado a favor, con declaraciones como estas de la Unión Progresista de Fiscales (UPF): «Consideramos necesaria una reforma del Código Penal (CP) que regule la despenalización de la eutanasia, garantizando el derecho a una muerte digna, en casos de graves sufrimientos no evitables a causa de enfermedades incurables, con las necesarias garantías para asegurar que el consentimiento sea prestado de forma libre y voluntaria y con la debida información, evitando que se puedan producir abusos que encubran supuestos de muerte no consentida».

Por tanto, como también ha propuesto la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) del doctor Montes, se trataría de la modificación del código penal que deberían garantizar el derecho a una muerte digna.

Diversas iniciativas parlamentarias de IU o, la más reciente de Unidos Podemos, han instado a reconocer que la regulación actual del Código Penal en su artículo 143.4 es insuficiente para garantizar este derecho, habría que ir claramente hacia la despenalización del suicidio asistido y la eutanasia. De esta manera, los profesionales de la sanidad que aceptasen las prácticas eutanásicas y/o de ayuda médica al suicidio, podrían realizarlas bajo determinados criterios y estarían legalmente protegidos. Una buena regulación y una buena praxis evitarían prácticas clandestinas, así como caer por la denominada «pendiente resbaladiza”.

Sería preciso reformar también las normas que regulan el respeto a la autonomía del paciente para introducir su derecho a decidir libremente. Una vez informado, debería poder elegir el tratamiento médico que se le vaya a aplicar, como presupuesto del reconocimiento de la voluntad de morir del afectado, teniendo en cuenta la conveniencia de que las situaciones eutanásicas se resuelvan, en la medida de lo posible, en un contexto médico asistencial. Todo ello aseguraría que el consentimiento cumpliese unas ineludibles condiciones de capacidad y validez, se consolidaría la intervención subsidiaria de los representantes del paciente en condiciones claramente establecidas, y sólo excepcionalmente se permitiría intervenir médicamente a falta de la conformidad.

Se establecería así el derecho del paciente o sus representantes, en condiciones de solicitud equivalentes a las del consentimiento que regiría de manera general para todo tratamiento médico, a que se adopten sobre el afectado actitudes eutanásicas. Finalmente, se recogería expresamente el reconocimiento de la llamada «declaración vital» en este ámbito, desarrollando una regulación prudente de las condiciones para su validez.

«El derecho a decidir sobre tu muerte forma parte del derecho a decidir sobre tu vida, entendiendo la muerte como parte de la vida, como el proceso natural del final de la misma. De este modo, desde un planteamiento de libertad de decisión, no cuestionado en general cuando de decisiones vitales se trata, no es defendible ninguna restricción. Porque la vida es un derecho, no una obligación”, dijo y practicó el Doctor Luis Montes. Esa ley pendiente sería nuestro mejor homenaje.

Gaspar Llamazares, promotor de Actúa y portavoz de IzAb.

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