Doce raperos condenados a dos años y un día de cárcel por sus canciones

Libertad de expresión

Doce raperos condenados a dos años y un día de cárcel por sus canciones

La Audiencia Nacional admite la petición de la Fiscalía y no la rebaja. Estan acusados de delitos de enaltecimiento de los actos de la organización terrorista Grapo.

Colectivo La Insurgencia.

La condena que la Audiencia Nacional ha impuesto a doce raperos del colectivo La Insurgencia por delitos de enaltecimiento del terrorismo es sumamente simbólica: dos años y un día de prisión para cada miembro del grupo y el pago de una multa de 4.800 euros (10 euros al día durante 16 meses), además de nueve años de «inhabilitación absoluta», se lee en la sentencia.

Hasta les impone “la pena accesoria legal de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante la condena” y que se borre de Internet “los contenidos objeto del delito”.

Y eso que sus delitos están en las letras de sus canciones, en las que el fiscal observa enaltecimiento de los actos del grupo terrorista Grapo y, en general, un tono “subversivo” contra el orden constitucional democrático. El alto tribunal no ha rebajado la petición de pena solicitada por el fiscal, y al superar por un solo día los dos años de cárcel, los doce jóvenes no podrán solicitar la suspensión de pena de prisión en la primera condena de sus vidas.

Los doce jóvenes, de entre 18 y 27 años, fueron acusados de enaltecimiento al terrorismo y de asociación ilícita contra las instituciones del Estado por varios versos de sus canciones.

Según recoge la revista musical Mondo Sonoro, en el juicio de los doce de La Insurgencia se llegaron a emitir afirmaciones sorprendentes: la Fiscalía defendió que “los acusados tienen una religión que es la lucha sindical obrera”, tratando de comparar a los cantantes de hip-hop con yihadistas por su enaltecimiento al Grapo.

Los jóvenes han informado a El Salto que su intención es recurrir al Tribunal Supremo. El fiscal, que pidió las penas a las que han sido condenados, es José Perals, el mismo representante del Ministerio Público que solicitó 375 años para los jóvenes del caso Altasu.

Ya hay precedentes de penas de prisión efectivas por actos de palabra: hace justo un mes entraba en la cárcel Alfredo Martínez, el primer tuitero que la “Operación Araña” de la Guardia Civil, basada en la búsqueda de delitos de enaltecimiento en redes social, pondrá tras las rejas.

Martínez de 37 años, tuiteó “Yo opino que GALindo merece un tiro en la nuca», por lo que fue condenado a año y medio de prisión. Aunque llegó a un pacto con la Fiscalía, la Audiencia Nacional decidió juzgarle por otro hecho anterior, en el que Martínez pidió el acercamiento de presos mediante muñecos en las fiestas de un municipio vasco.

La Audiencia Nacional decidió condenarle a un año y seis meses de prisión acusado de un delito continuado de enaltecimiento del terrorismo con el agravante de reincidencia.

«Una organización terrorista extinguida»

La presidenta de la Sección Cuarta, Ángela Murillo, una de las tres juezas que han dictado la sentencia, discrepa «profundamente» de la condena: “Pude detectar con claridad palmaria que en el ánimo de los jóvenes acusados no reinaba una intencionalidad dirigida a enaltecer o justificar acciones terroristas o a individuos pertenecientes a organización de carácter terrorista”, se lee en su voto particular.

La juez cree que “nos encontramos ante un grupo de personas de edades muy tempranas integradas en un colectivo de “raperos” que se dedican a la producción y publicación de canciones del género “hip-hop”, cuyo contenido ensalza por sistema a la organización terrorista PCE(r)-G.R.A.P.O. así como a sus integrantes, canciones que mantienen una tónica constante abusiva para el orden constitucional democrático”.

Pero expresa que “en sus cánticos buscan la rima a toda costa, aunque sea construyendo a veces frases carentes de más mínimo sentido, “ensalzando” a una organización terrorista inexistente por extinguida hace muchos años y “alabando” a los que fueron sus miembros activos -que solo subsisten en el recuerdo de unos pocos- muertos con anterioridad al nacimiento de unos acusados “en pañales”, como ellos mismos dijeron”.

Murillo considera que “eso no constituye, en puridad de conceptos, enaltecimiento del Terrorismo ni justificación de acciones terroristas”, y que “en el ánimo de estas criaturas lo que subyace es lograr notoriedad, reafirmando sus personalidades, en definitiva, llamar la atención que por otras vías no pueden conseguir. Sus palabras y gestos infantiles en el plenario les delataron”.

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