La AIReF avala que los autónomos paguen un tipo del 2,2% para poder cobrar el paro

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La AIReF avala que los autónomos paguen un tipo del 2,2% para poder cobrar el paro

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) cree que procede aplicar este tipo mínimo marcado por ley ya que la fórmula para su cálculo ofrecería un tipo muy inferior.

José Luis Escrivá, presidente de AIReF

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) considera “procedente” que se aplique el tipo mínimo de cotización fijado por ley (2,2%) para que los autónomos puedan cobrar el paro ya que si se aplicara la fórmula establecida para su cálculo se obtendría un tipo muy inferior. La prestación por cese de actividad de los autónomos se financia exclusivamente con cargo a la recaudación obtenida con la cotización de dicha contingencia. Para garantizar la sostenibilidad financiera de esta protección, el tipo de cotización se revisa anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado teniendo en cuenta la evolución reciente de ingresos y gastos del sistema de protección por cese de actividad, explica la AIReF.

La ley establece además un tope máximo y mínimo de cotización. El tipo resultante en 2017 de aplicar la fórmula es muy inferior al establecido como tope mínimo (2,2%) fundamentalmente por un gasto en prestaciones por cese de actividad sustancialmente inferior a las cotizaciones recaudadas, por lo que procede la aplicación del tipo mínimo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2017, añade.

Por otro lado, en opinión de la AIReF no se detectan riesgos sobre la sostenibilidad financiera de la prestación a medio plazo. “Considerando que el tipo de cotización mínimo establecido en la ley es aún muy superior al tipo de equilibrio de la prestación con los datos de ingresos y gastos actuales, que incluso llevado al límite de reconocimiento a todos los potenciales beneficiarios el tipo aún estaría próximo al mínimo establecido, y que los criterios de reconocimiento son exigentes y por lo tanto el gasto va a seguir siendo limitado, no parece existir un riesgo de sostenibilidad de la prestación”, indica en su informe. Todo ello a pesar de la reducción del número de cotizantes consecuencia de la entrada en vigor de la voluntariedad en la cotización y de la mejora de la actividad económica.

No obstante, la AIReF estima que en el medio plazo habría que plantearse la posibilidad de ampliar el periodo para calcular el tipo de cotización. “Cuando la prestación tenga más trayectoria en su aplicación, considerar un mayor número de años en la evolución de ingresos y gastos reduciría el posible efecto pro cíclico que implica la fórmula actual, cuya evolución en el medio plazo depende también del desempleo y del comportamiento del mercado laboral”, apunta.

Por último, la Autoridad Fiscal insta a dotar de transparencia y publicidad el cálculo del tipo de cotización y para ello propone la publicación anual en el Informe Económico Financiero de los Presupuestos del Sistema de Seguridad Social las series de datos necesarios para estimar el tipo de cotización, así como el resultado obtenido.

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