El Gobierno suprime en secreto la posibilidad de rescatar un plan de pensiones en caso de desahucio

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El Gobierno suprime en secreto la posibilidad de rescatar un plan de pensiones en caso de desahucio

El supuesto para poder rescatar los planes de pensiones en caso de ejecución hipotecaria vencía en mayo de este año y Economía no lo ha prorrogado.

Luis de Guindos, ministro de Economía

El Ejecutivo no ha prorrogado la vigencia del supuesto para poder rescatar los planes de pensiones en caso de ejecución hipotecaria. Y lo ha hecho “sin decir una palabra”, según revela hoy elconfidencial.com

Recuerda este medio online que “la dureza de la crisis económica para la vivienda y la proliferación de ejecuciones hipotecarias en las que el banco se quedaba con la casa del cliente moroso llevaron al Gobierno a buscar fórmulas para reducir este problema”. Explicando que una de estas medidas “fue la aprobación, en febrero de 2013, de un tercer supuesto excepcional para poder rescatar el dinero invertido en un plan de pensiones en caso de verse envuelto en un desahucio, además de los de enfermedad grave y paro de larga duración. Esta posibilidad vencía en mayo de este año y el Gobierno ha decidido no prorrogarla ante la mejora de la economía”.

Elconfidencial.com cita fuentes del Ministerio de Economía que explican que “este supuesto era excepcional y se justificaba por la necesidad de solucionar el problema de los desahucios, que había causado gran alarma social. De ahí que se incluyera en la llamada Ley Antidesahucios (Ley 1/2013 de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social)”. Pero aclaran q ue “siempre se planteó como una medida temporal, y por eso se estableció un periodo inicial de vigencia de dos años, que fue prorrogado en 2015 por otros dos ante la intensidad y la duración de la crisis”.

“Ahora -interpreta el mencionado digital -el Ejecutivo considera que ya no se dan las circunstancias que aconsejen prolongar esta medida. Sin embargo, sí ha prorrogado hasta 2020 la moratoria de las ejecuciones hipotecarias, que también aprobó en 2013 y que vencía en mayo de este año. Es decir, en este caso sí entiende que persisten las condiciones para mantener estas medidas excepcionales; de hecho, ha ampliado los supuestos para poder acogerse a ella por la presión del PSOE, y ha incluido a todas las familias con hijos menores, a los desempleados que no hayan agotado la prestación o a las víctimas de violencia de género”.

Aunque también apunta que la actitud del departamento de Luis de Guindos también se puede interpretar a la inversa: dado que no hay desahucios a consecuencia de esta moratoria, no es necesario mantener el supuesto excepcional de liquidez en estos casos para los planes de pensiones.

Indica elconfidencial.com que “dicho supuesto de liquidez exigía que el partícipe estuviera en un procedimiento de ejecución forzosa judicial, administrativa o venta extrajudicial para el cumplimiento de obligaciones, en el que se hubiera acordado la enajenación de su vivienda habitual; que no dispusiera de otros bienes o rentas suficientes para hacer frente a la deuda y evitar así la ejecución de la vivienda, y que el importe neto de su inversión en el plan de pensiones fuera suficiente para saldar la deuda y evitar el desahucio.

Unas exigencias eran muy restrictivas, por las que el número de beneficiarios potenciales de las mismas era muy reducido. Aunque según este medio el problema principal no era ese, ya que según le ha contado una gestora de planes de pensiones, “lo normal es que se desahucie a alguien que no tiene dinero ni siquiera para pagar la hipoteca. Y quien no tiene dinero, no suele tener un plan de pensiones, porque no puede permitirse poner sus escasos ahorros en un producto ilíquido y porque normalmente no necesita la desgravación fiscal de las aportaciones, que es el principal atractivo de los planes”.

Finalmente, elconfidencial.com informa que Economía ha elaborado ahora un reglamento de planes de pensiones que consagra un nuevo supuesto de liquidez: que las aportaciones tengan una antigüedad superior a 10 años, sin cumplir ningún requisito (más que pagar a Hacienda), pero no podrá aplicarse hasta 2025. Asimismo, ha anunciado una rebaja de las comisiones máximas de los planes de renta fija y renta fija mixta (los más conservadores), pero no de los de bolsa ni tampoco de los garantizados, lo que supone un incentivo a los bancos para colocar masivamente esta última categoría.

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