La Audiencia confirma el procesamiento del auditor de Bankia y de Moral Santín

Caso Bankia

La Audiencia confirma el procesamiento del auditor de Bankia y de Moral Santín

La Sala de lo Penal rechaza los recursos de ambos contra el auto del juez Fernando Andreu en el que propone que sean juzgados por irregularidades en la salida a Bolsa.

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    La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el procesamiento del socio auditor de Deloitte Francisco Celma y del exconsejero de IU José Antonio Moral Santín por presuntas irregularidades en la salida a Bolsa de Bankia tras rechazar los recursos que ambos presentaron contra el auto del juez Fernando Andreu en el que se propuso que fueran juzgados. El auditor externo de las cuentas de la entidad argumentaba en su recurso que su papel “es tan fiscalizador externo de la actuación de los administradores en su función de formulación de las cuentas como el propio Banco de España”, al que eximen de responsabilidad, “con el plus añadido de que éste tenía a la entidad sometida a un seguimiento continuado, con presencia y control”.

    A juicio de la sala, este argumento no puede prosperar ya que, como señala el juez Andreu en su auto, Celma “analizó, verificó y dictaminó la corrección y la veracidad de las cuentas, que se presentaron en el folleto de la salida a bolsa”, unas cifras sin las cuales “las autoridades reguladoras y supervisoras no hubieran permitido” que saltara al parqué.

    Moral Santín, por su parte, alegaba que no hay indicios de los hechos que se le imputan y por tanto no se puede sostener su acusación. Asimismo, rechazaba la existencia de dolo sino “confianza en la bondad de cuanto se aprobaba en los consejos de administración”.

    La sala, sin embargo, estima que este es un argumento “escasamente atendible” ya que no solo integró los consejos de administración de BFA y Bankia sino que previamente era un “miembro relevante” del consejo de Caja Madrid. En este sentido, los jueces recuerdan que el exconsejero tenía una “altísima cualificación profesional y técnica” como para alegar desconocimiento.

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