La Audiencia Nacional impone una fianza de 495 millones a seis hijos de Ruiz-Mateos

Nueva Rumasa

La Audiencia Nacional impone una fianza de 495 millones a seis hijos de Ruiz-Mateos

El juez José de la Mata abre juicio oral por el ‘caso Nuevo Rumasa’.

Audiencia Nacional

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata estrecha el cerco sobre el clan de los Ruiz Mateos. El magistrado ha acordado la apertura de juicio oral por delitos de estafa agravada, blanqueo de capitales, alzamiento de bienes y contra la hacienda pública contra seis hijos del empresario José María Ruiz-Mateos, Ángel de Cabo y otras ocho personas por el denominado ‘caso Nueva Rumasa’.

De la Mata ha impuesto una fianza de 495 millones de euros a Álvaro, Zoilo, José María, Pablo, Francisco Javier y Alfonso, los seis hijos del fallecido empresario. En total, 200 millones corresponden a la multa y 171 a la responsabilidad civil. Asimismo, el juez de la Audiencia Nacional ha establecido otros 124 millones por corresponder al tercio que establece de ley. Fianza a la que deberá hacer frente de forma conjunta y solidaria.

En el auto, el juez ha descrito todas las prácticas irregulares ideadas por los acusados, responsables de Nueva Rumasa. De la misma manera, De la Mata ha señalado a 57 empresas como responsables civiles subsidiarias y a nueve personas en calidad de partícipes a título lucrativo. En su escrito, el magistrado ha detallado la forma en que el grupo simulaba movimientos de efectivo, que en realidad eran traspasos entre cuentas del entramado empresarial. A su vez, el juez de la Audiencia Nacional ha relatado la forma en que usaban testaferros, en sociedades formalmente ajenas. Una serie de prácticas que agravaron la situación económica de las empresas, cuyas deudas acumuladas en 2009 alcanzaban los 577 millones de euros.

El relato de De la Mata continúa centrando la mirada en el momento que los responsables de Nueva Rumasa urdieron una trama consistente en la captación de inversores. El magistrado también ha señalado la operativa de ocultación del patrimonio que los acusados desarrollaron a partir de 2011, ante las numerosas obligaciones de pago que tenían que afrontar.

“Obvio es significar que, de haber conocido las circunstancias económicas reales de las empresas y los verdaderos propósitos de los imputados, los inversores no hubieran realizado las operaciones de préstamos, ya que desde el primer momento no pensaban devolver el dinero”, ha apuntado el juez de la Audiencia Nacional.

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