El juicio de faltas contra Aguirre comenzará el 6 de octubre

Aguirre a la fuga

El juicio de faltas contra Aguirre comenzará el 6 de octubre

Esperanza Aguirre, presidenta del PP de Madrid

La presidenta del PP madrileño tendrá que acudir al juzgado para defenderse por haber dejado mal estacionado su vehículo en Gran Vía. El Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha fijado el inicio del juicio de faltas sobre el incidente de tráfico de Esperanza Aguirre en la Gran Vía madrileña para el próximo 6 de octubre.

Por tanto, la presidenta del PP de Madrid y actual líder del Grupo Popular en el Ayuntamiento de la capital tendrá que acudir al juzgado para defenderse del juicio de faltas por haber dejado mal estacionado su vehículo en la céntrica calle para acudir a sacar dinero de un cajero automático en abril del pasado año.

La Audiencia Provincial acordó estimar justificada la abstención formulada por el magistrado del Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid, Carlos Valle, por lo que finalmente será el Juzgado de Instrucción número 41 quien se haga cargo del caso.

A principios del pasado mes de mayo, los magistrados de la Audiencia madrileña ordenaron al juez instructor que se tramitara la causa como un juicio de faltas al estimar el recurso de la Fiscalía de Madrid. De esta manera, quedaba sin efecto el auto dictado el pasado 19 de enero por que se archivaba la causa, que se continuará por el procedimiento por los trámites del juicio de faltas.

La Fiscalía solicitaba entonces que se devolvieran las diligencias para que fueran tramitadas como un juicio de faltas, tal y como pretendía Valle en un primer momento.

Los magistrados señalaron en el auto que “las diligencias practicadas en la instrucción corroboran, a nivel indiciario, que «se produjo una inobservancia de mandatos impartidos por los agentes de Movilidad y los municipales». Y agregaron que esto podría constituir “la base objetiva de una infracción penal por desobediencia sin que el tribunal pudiera entrar a valorar la gravedad de la desobediencia para su calificación como delito o falta”.

«La única opción que cabe es la continuidad por los trámites del juicio de faltas exigiendo que se depure la posible responsabilidad en el acto del plenario bajo los principios de oralidad, inmediación, concentración y contradicción», señalaba la resolución.

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