La Fiscalía pide archivar la denuncia por acoso laboral contra el portavoz del PP en la Asamblea

Asamblea de Madrid

La Fiscalía pide archivar la denuncia por acoso laboral contra el portavoz del PP en la Asamblea

Enrique Ossorio, portavoz del PP en la Asamblea de Madrid

El Ministerio Público entiende que no hay delito en los hechos denunciados por la diputada González-Moñux contra Enrique Ossorio. La Fiscalía de la Comunidad de Madrid ha pedido el archivo de la denuncia de la parlamentaria del PP en la Asamblea de Madrid Elena González-Moñux, que acusa al portavoz de su Grupo, Enrique Ossorio, de acoso laboral, al entender que “en ningún caso” hay delito.
 
Según ha informado la Fiscalía en un comunicado que recoge Europa Press, a raíz de la presentación de la denuncia, no considera que se pueda justificar la apertura de un proceso penal para comprobar los hechos, que de ser acreditados, “en ningún caso serían constitutivos de delito”.
  
En su escrito la Fiscalía argumenta que de los hechos relatados no puede sustraerse la existencia de un delito contra la integridad moral. Y ello porque faltan elementos “fundamentales” que lo acrediten. Así, explica que el tipo delictivo se ciñe al acoso que sufren los subordinados en el ámbito de la relación laboral o funcionarial por parte de sus superiores.
 
En este caso concreto el Ministerio Público afirma que, a pesar de que Ossorio sea portavoz del Partido Popular en la Asamblea y de la que la denunciante sea la portavoz adjunta, ambos desempeñan sus cargos en condiciones de igualdad, “sin que exista una dependencia jerárquica entre ellos” y, por tanto, rechaza que Ossorio pudiera prevalerse de su superioridad para cometer un delito.
 
 Es más, pese a que González-Moñux asegura que fue objeto de un “continuo” trato humillante y vejatorio, la Fiscalía llama la atención sobre la circunstancia de que dicha conducta se resuma en dos casos concretos cuya proximidad en el tiempo se desconoce “ni consta si están relacionados entre sí”. De ahí que rechace la posibilidad de que se pueda considerar esa conducta como reiterada y prolongada en el tiempo.
 
 También descarta en el escrito la existencia de un delito de lesiones psíquicas “pues no se concreta la relación de causalidad entre la enfermedad sufrida y la conducta del denunciado” o de un delito de coacciones al no observarse de manera alguna la violencia requerida que provoque una actuación intimidatoria en la querellante.
  
Por último, rechaza que los hechos descritos en la denuncia revistan los caracteres de un delito de amenazas o de un delito contra los derechos de los trabajadores puesto que en su denuncia omite la descripción de los hechos objetos de dicha imputación.
  
Precisamente el abogado de la parlamentaria, José María Garzón, ha solicitado al Juzgado de Primera Instancia número 41 de Madrid la suspensión del acto de conciliación previsto para mañana entre ella y el portavoz, una citación que se produce como paso previo a la interposición de una denuncia por parte de Ossorio contra Moñux por “injurias y calumnias”.

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