Dirección del PSOE: “Verónica Pérez no tiene legitimidad para convocar la Comisión de Garantías”

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Dirección del PSOE: “Verónica Pérez no tiene legitimidad para convocar la Comisión de Garantías”

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El partido ha enviado un comunicado informando que Pérez ha excedido sus competencias. La Comisión de Ética y Garantías del PSOE es el órgano encargado de dirimir los conflictos internos. Es decir, es el aparato que debe emitir un informe sobre si la dimisión de los 17 miembros de la dirección implica que la Ejecutiva quede formalmente disuelta. Verónica Pérez, secretaria general del PSOE de Sevilla y presidenta del Comité Federal, ha acudido a Ferraz esta mañana para formalizar la convocatoria de esa Comisión, que de producirse sería la encargada, a priori, de marcar los próximos pasos del partido.
 
La comisión está integrada por cinco personas: María Isabel Celáa, presidenta de la Comisión y exConsejera de Educación con Patxi López en el Gobierno vasco, María Jesús Montero Cuadrado, Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, Inés Ayala Sénder, eurodiputada y perteneciente a la federación aragonesa, Wilfredo Jurado Rodríguez, exconcejal de Parla y mano derecha de Tomás Gómez en el Ayuntamiento de esa localidad y Félix Bolaños García, letrado del Banco de España y el experto del equipo para los temas jurídicos. Celáa y Bolaños son afines a Pedro Sánchez, y no tienen ninguna intención de participar en esa convocatoria.
 
No obstante, la dirección del PSOE se ha encargado de emitir un comunicado donde asegura que Verónica Pérez no tiene ninguna legitimidad para convocar esa Comisión, ya que para ello debe interceder la presidenta Isabel Celáa.
 
El comunicado dice lo siguiente:  
 
“En relación con las informaciones aparecidas sobre una supuesta convocatoria de la Comisión Federal de Ética y Garantías, comunicada por Verónica Pérez en calidad de Presidenta de la Mesa del Comité Federal, el PSOE cree necesario hacer la siguiente aclaración:
 

Verónica Pérez ha hecho este llamamiento de manera unilateral sin contar con el resto de componentes de la Mesa de este órgano federal, además excediendo las competencias atribuidas a su función.

 

El Reglamento del Comité Federal establece claramente la naturaleza, composición y funciones de dicho Comité, fijando en su artículo 15 que su función es exclusivamente presidir y dirigir los debates del Comité Federal, ciñendo su función a las reuniones de este órgano que, además, como órgano compuesto por tres integrantes, toma sus decisiones por mayoría.

 

Por su parte, el Reglamento de la Comisión Federal de Ética y Garantías, en su artículo 5.1, establece que dicha Comisión sólo puede ser convocada por su Secretario a instancias de su presidenta.

 
Por todo ello, la convocatoria unilateral, en exceso de competencias e incumpliendo la normativa que rige el trabajo de la Comisión Federal de Ética y Garantías, debe ser considerada nula a todos los efectos.
 
Adjuntamos a esta nota la comunicación que la presidenta de la Comisión Federal de Ética y Garantías, Isabel Celaá, trasladó ayer a Verónica Pérez, en la que se le aclara que este órgano, “que tiene libertad, autoridad e independencia para el ejercicio de sus funciones, no puede ser convocado ni por el Comité Federal, ni por la Comisión Ejecutiva Federal”.

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