Marea Granate publica su guía para evitar los estragos del voto rogado en el 26J

Voto rogado

Marea Granate publica su guía para evitar los estragos del voto rogado en el 26J

Voto desde el extranjero de las pasadas elecciones autonómicas

El colectivo de emigrados recicla experiencias, denuncias y consejos de pasados comicios para evitar que se pierdan «dos millones de votos» de los españoles en el exterior. Un conjunto de españoles comparable a la tercera circunscripción más grande del país no llegó a rogar el voto en las pasadas elecciones generales. Sólo un 6% de los residentes en el extranjero completó los trámites necesarios para poder participar en los comicios, de los más de 1,8 millones de españoles inscritos en el Censo Electoral de los Residentes Ausentes (CERA). La participación exterior se quedó en un 4,7%. Decenas de emigrados y el colectivo Marea Granate denunciaron una carrera de obstáculos plagada de irregularidades en el derecho al voto; entre los fallos más evidentes del proceso, electores que no habían recibido las papeletas en el último día para votar.

Esa tercera gran circunscripción podría quedarse con hasta 16 escaños en el Congreso de los Diputados. La Red trasnacional de emigrantes del Estado español se ha propuesto ganarle tiempo al tiempo e intentar recuperar alguno de esos votos perdidos en representación de los españoles que se marcharon: ya hay una guía detallada para poder votar el próximo 26J desde el exterior.

“Si tienes pasaporte o DNI español, vives en el extranjero y quieres ejercer tu derecho a voto en las elecciones generales el próximo 26 de junio de 2016, tienes varias opciones en función de tu situación administrativa actual”, informa el colectivo. Marea Granate recicla su experiencia en las pasadas citas electorales (desde las europeas de 2014) y resume las principales situaciones en que puede darse a un votante que no se encuentre en suelo español durante la repetición de las elecciones. No en vano la red de emigrados viene denunciando, además de la introducción del propio sistema del voto rogado en 2011, la falta de información y orientación desde Interior a los españoles que desean emitir su voto.

La guía se publica el mismo día de la disolución de las Cortes Generales y la firma del decreto de convocatoria de nuevas elecciones a manos del rey Felipe VI. El colectivo resume en tres posibles escenarios la situación de los votantes, en función de si el interesado está ya inscrito en el Consulado correspondiente, si ya se forma parte del CERA o si se trata de alguien inscrito en el ERTA (para electores temporalmente residentes en el extranjero).

“El Grupo de Trabajo del Voto, formado por integrantes de diversos nodos, comienza su actividad como respuesta a la falta de información existente sobre cómo votar desde el extranjero de cara a las Elecciones Europeas de 2014”, recuerda la web del colectivo. Recuerda que llevan más de un año estudiando la legislación, “escribiendo a consulados y embajadas de todo el mundo, denunciando irregularidades, facilitando información de plazos y procedimientos, haciendo el trabajo que las instituciones no hacen, respondiendo a un sinfín de consultas diarias y exigiendo a la Administración información clara sobre el proceso y la supresión del voto rogado”. Estos son sus consejos:

Caso 1. Para no inscritos en el Consulado

Opción A: si voy a viajar a casa por vacaciones, planear las fechas de forma que pueda votar en urna el 26J en mi colegio electoral.

Opción B: inscripción ERTA, teniendo en cuenta desplazamientos al Consulado ya que el ruego de voto es presencial. El voto es por correo (no en urna), si vives en otro continente puede que lleguen tarde las papeletas o tu voto.

Opción C: inscripción CERA, si quieres hacerte residente permanente o si llevas más de un año residiendo en el extranjero (en este último caso porque podrían negarte la inscripción ERTA en el Consulado). IMPORTANTE: esta inscripción sólo puedes hacerla durante la semana en que se reabre el censo para reclamaciones (del 9 al 16 de mayo).

Caso 2: Ya me he inscrito como Residente (CERA)

El censo es el vigente a 1 de marzo, si te inscribiste después ¡RECLAMA!

Opción A: voto desde el extranjero.

1) Revisa tu inscripción en el censo en el consulado del 9 al 16 de mayo, y si hay un error, reclama.

2) Ruega el voto entre el 4 y el 28 de mayo.

Por fax o correo ordinario a la Delegación Provincial del Censo que os corresponda. Os dejamos el documento a enviar (disponible a partir del día 4) con las instrucciones para inscritos en el CERA.
Por internet. Tenéis dos opciones:
3) Envía el voto por correo a tu consulado hasta el 21 de junio, o vota en urna en el consulado entre el 22 y 24 de junio, ambos incluidos.

Opción B: voto por correo desde España, tiene que solicitarse en persona en cualquier oficina de correos y como mínimo 10 días antes de las elecciones. Los plazos son: hasta el día 16 junio para solicitarlo en la oficina de correos, del 6 al 19 junio la Oficina del Censo Electoral envía la documentación al votante, que tiene hasta el 22 de junio para enviar su voto. Información detallada aquí.

IMPORTANTE: si ya estás inscrito como CERA no puedes votar en urna en tu ciudad el 26J aunque estés allí ese día porque ya no figuras en las listas (no estás empadronado allí).

Caso 3. No Residente (ERTA)

ATENCIÓN MUY IMPORTANTE: si te inscribiste como ERTA hace más de un año, (por ejemplo con motivo de las elecciones de mayo de 2015 o las elecciones andaluzas de marzo de 2015) tu inscripción ERTA ha caducado. Acude al consulado entre el 9 y 16 de mayo, puede que se te pida la inscripción como residente permanente para poder votar, y el trámite sólo es posible en esa semana.

Opción A: voto en urna en España. Si vas a viajar a casa por vacaciones, puedes planear las fechas de forma que puedas VOTAR EN URNA el 26J en tu colegio electoral. Para ello NO DEBES rogar el voto en el consulado, si lo haces no podrás votar en España.

Opción B: voto desde el extranjero.

1) Ruega el voto en el consulado entre el 4 y el 28 de mayo.

2) Vota por correo. La fecha límite para enviar tu voto es el 22 de junio.

Comienzo del ENVÍO DE PAPELETAS desde España (afecta tanto a CERA como a ERTA)

Si NO hay impugnación: 6 de junio

Si hay impugnación: 14 de junio

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