El TC cambia su reglamento para que los sucesores de los magistrados puedan heredar una paga tras el cese

El TC cambia su reglamento para que los sucesores de los magistrados puedan heredar una paga tras el cese

Tribunal Constitucional

La web ‘El BOE nuestro de cada día’ recoge el cambio normativo para regular la paga de un año a la que tienen derecho los magistrados. El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge el cambio de reglamento del Tribunal Constitucional para que los herederos de los magistrados puedan recibir, en caso de fallecimiento, la paga de un año que corresponde a los titulares durante el año posterior al cese. La “remuneración de transición”, vigente desde 1979, establece que todo magistrado del TC que haya ocupado su cargo por al menos tres años, tiene derecho a un año de paga equivalente a su sueldo en activo.

Esta paga puede cobrarse siempre que el magistrado no realice otra actividad en el sector privado o público. A partir de ahora, si fallecen durante ese año de transición, “cónyuge e hijos heredan, a partes iguales, la paga que reste por recibir”. También se podrá elegir cobrarla fraccionada o de un solo golpe.

Es la información recogida por la web El BOE nuestro de cada día, que puntualiza que en 2015 ningún exmagistrado cobraba esta remuneración, aunque el expresidente del TC, Pascual Sala, sí cobra una prestación similar. Desde julio de 2013 hasta junio de 2015, Sala ha cobrado la pensión garantizada a los expresidentes por un máximo de dos años. Según el mismo medio, solo durante los primeros seis meses de 2015 recibió 62.000 euros.

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