El Tribunal Superior andaluz aparta a la jueza Alaya del caso de los ERE

Caso ERE

El Tribunal Superior andaluz aparta a la jueza Alaya del caso de los ERE

Mercedes Alaya, jueza

El tribunal remitirá esta semana una propuesta para sustituir a la jueza en la macrocausa. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anunciado su determinación de apartar a la jueza Mercedes Alaya del caso de los ERE, después de que haya estado cinco meses separada del caso. Aun así, esta decisión –tomada de manera unánime- tendrá que ser respaldada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) antes de hacerse efectiva.

La jueza Alaya obtuvo un ascenso el pasado 25 de junio, por lo que pasó de ocupar un puesto en el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, encargada de esta macrocausa, a trabajar para la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla. Aun así, el CGPJ le dio una comisión de servicio, una especie de permiso para que continuara llevando el caso de los ERE de Andalucía, ya que había instruido este caso desde hace cinco años. Sin embargo, el TSJA ha decidido revocar esta decisión, lo que podría haber estado motivado por las críticas de esta jueza a su sucesora en el juzgado de Instrucción, María Núñez Bolaños.

En concreto, la jueza Alaya aseguró que su sucesora no tenía preparación suficiente para llevar la macrocausa de los ERE y otras muchas, ya que estaba especializada en Derecho de Familia y no en causas penales. Además, señaló la amistad de Núñez Bolaños con el consejero de Justicia, Emilio de Llera, muy crítico públicamente con las instrucciones que ha llevado a cabo Alaya.

Y es que, los criterios de ambas juezas son completamente opuestos. La jueza de referencia en el caso de los ERE ya no podrá juzgar a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chavez y José Antonio Griñán, a los que imputó por malversación de fondos, aunque sí tendrán que comparecer ante su sucesora.

El TSJA remitirá esta semana una propuesta para sustituir a la jueza Alaya al CGPJ, órgano que lo aprobará previsiblemente, ya que no es su función valorar la decisión, sino certificar la legalidad del hecho.

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