El Constitucional tumba la indemnización de 1.350 millones al proyecto Castor

Proyecto Castor

El Constitucional tumba la indemnización de 1.350 millones al proyecto Castor

Considera que no existió una "situación de extraordinaria y urgente necesidad" que justificara un decreto ley para resarcir al sistema gasista por el cierre del almacén de Castellón.

Proyecto Castor

El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido anular la indemnización de más de 1.350 millones de euros para las empresas promotoras del proyecto de almacén de gas Castor. Considera inconstitucional esta compensación a empresas como ACS, propiedad del empresario Florentino Pérez, como resultado del decreto ley de medidas del sistema gasista que el Gobierno aprobó en 2014.

En su sentencia, el TC estima parcialmente los recursos presentados por el Parlamento, el gobierno catalán y el grupo del PSC en el Congreso y acuerda declarar «inconstitucionales y nulos» los artículos del decreto que establecían una indemnización por la suspensión de la actividad del almacén, situado frente a las costas de Castellón, tras los seísmos registrados en la zona.

El TC considera que no concurría una «situación de extraordinaria y urgente necesidad» que justificara aprobar un decreto ley para «atribuir nuevas obligaciones de pago al sistema gasista».

El gobierno socialista de Zapatero adjudicó a Escal UGS (controlada en casi un 67% por la constructora ACS) la explotación del almacenamiento subterráneo de gas natural frente a las costas de Castellón. La concesión incluía una inusual cláusula que preveía una indemnización por el valor de las instalaciones en caso de que la adjudicación se extinguiese.

Tras registrarse múltiples seísmos en la zona por las inyecciones de gas, el proyecto se paralizó y la empresa cobró una indemnización millonaria de 1.650 millones de euros como consecuencia del decreto de los populares en 2014.

Lo que hace ahora el Constitucional es anular varios artículos de esa ley que permitió esa indemnización: un artículo en que se fijaba el reconocimiento del “valor neto de la inversión” en 1.350 millones. Esa cantidad fue la que el Gobierno pagó a Escal UGS por ceder esas instalaciones al operador de gas, Enagás, que es un 5% público, aunque nunca se usarán.

Ese pago público millonario se tradujo en una deuda del sistema gasista que superará los 4.700 millones una vez sumados los intereses, y que están pagando los consumidores en su recibo energético.

La sentencia es fruto de la denuncia ante el TC de la polémica indemnización por parte del Parlament catalán, la Generalitat y más de 50 diputados del PSOE.

Según fuentes socialistas a El País, la formación celebra que TC ha suspendido la parte del real decreto que se usó para fijar la cuantía, el mecanismo de pago y concretarlo. Pero nadie parece tener claro si la sentencia obliga a la devolución inmediata de esa millonaria compensación. «Lo que sí parece es que se iniciará un largo proceso judicial ahora», apuntan fuentes socialistas según el mismo medio.

Sin cumplir requisitos

Porque hace solo unos días conocimos que el Gobierno abonó hace tres años 1.755 millones de euros a la concesionaria Escal UGS a pesar de no cumplir los requisitos para ello: en una respuesta al portavoz de Compromís en el Senado, Carles Mulet, el Gobierno admite que la planta debía contar con un acta de puesta en servicio definitivo.

“Para tener la certitud del óptimo funcionamiento de las estructuras geológicas como almacenamiento subterráneo, se establece que el acta de puesta en servicio se otorgue en dos fases”, explicaba el Ejecutivo en su respuesta: “En un primer momento las Direcciones de las áreas, o en su caso, Dependencias de las Áreas de Industria y Energía extenderán un acta de puesta en servicio provisional” y “posteriormente, tras demostrarse que la instalación ha funcionado de acuerdo con sus parámetros nominales, se podrá extender el acta de puesta en servicio definitivo”.

Según Mulet, la controvertida cláusula sobre la devolución de la inversión incluida en el Real Decreto de la concesión del almacén en 2008 apunta que, ante un caso de extinción de la concesión, “se abonará el valor neto contable siempre que las instalaciones sigan operativas”. Para el senador, “en el caso del Castor esto no se dio, pues se frenó la inyección de gas con los primeros temblores. Jamás han estado en funcionamiento las instalaciones como para que se les otorgara el acta de puesta en servicio definitivo”.

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