El Gobierno amplía el Ingreso Mínimo a personas en albergues o que comparten casa temporalmente

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El Gobierno amplía el Ingreso Mínimo a personas en albergues o que comparten casa temporalmente

Desde la puesta en marcha de esta prestación se han rechazado unas 60.000 peticiones de personas vulnerables por problemas de incumplimiento en relación a la acreditación de la unidad de convivencia.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros un decreto ley, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por el que se amplía el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV) a personas que residen en viviendas itinerantes o que comparten espacio de forma transitoria.

Tal y como ha explicado el responsable de Inclusión, José Luis Escrivá, desde la puesta en marcha de esta prestación se han rechazado unas 60.000 peticiones de personas vulnerables por problemas de incumplimiento en relación a la acreditación de la unidad de convivencia que exigía el decreto del IMV.

Quedaban fuera, así, personas en situación de residencias itimerantes o colectivas, como personas sin hogar en centros o albergues, residentes en asentamientos o temporeros. También ocurría con personas que, por circunstancias personales, se iban a vivir con familiares, lo que provocaba un desajuste en cuanto a los miembros de la unidad familiar que provocaba su salida del grupo de beneficiarios del IMV.

NUEVOS CONCEPTOS EN EL DECRETO
Estas excepciones se recogen ahora, con la reforma del decreto ley aprobada este martes especificando el registro de residenciales de carácter no permanente y también añadiendo un nuevo concepto de unidad de convivencia independiente (familia nuclear) para casos de violencia de género, divorcio o separación y desahucio o inhabitabilidad.

Estos dos últimos, explica el Ministerio tienen límite temporal, expira al tercer año, para que una situación sobrevenida no influya en el derecho a IMV.

Pero, además, el texto permite que ONG y servicios sociales de ayuntamientos acrediten aquellas situaciones «excepcionales» en las que, por ejemplo, el domicilio real del beneficiario no se corresponda con el del padrón o cuando convivan varias unidades familiares sin vínculos entre sí en un mismo espacio.

Preguntado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, por los cambios en los criterios de renta para el IMV, que también había anunciado, Escrivá ha señalado que se están «evaluando» y ha explicado que en esta materia el Gobierno puede decidir dentro de su ámbito de actuación de manera que esta reforma «no requiere de un decreto ley que modifique por razones de urgencia la norma como tal».

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