Facua denuncia intereses de hasta el 4.500% TAE en los microcréditos

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Facua denuncia intereses de hasta el 4.500% TAE en los microcréditos

Billetes de euro

El análisis desarrollado por Facua también refleja una “información incompleta” en el caso de muchas entidades. Facua-Consumidores en Acción ha detectado intereses de hasta el 4.500% TAE en un estudio realizado sobre webs de entidades de créditos rápidos para préstamos de pequeña cuantía a devolver en un mes.

Según señala la asociación, tomando como referencia un préstamo por importe de 300 euros a devolver en un plazo de treinta días, en ocho de las diez entidades sobre las que ha analizado los tipos de interés las TAE oscilan entre el 1.269,7% de Vivus.es y el 4.507% de la entidad Préstamo10.

Facua presentará en los próximos días una batería de denuncias por usura ante las autoridades autonómicas de protección al consumidor. La asociación también ha constatado que los intereses no se especifican de manera clara y comprensible para el consumidor en ocho de las entidades analizadas, algo contrario a lo establecido en la legislación.

Del estudio se desprenden intereses “absolutamente desproporcionados” en la mayoría de los créditos de iguales características (300 euros a 30 días), señala Facua: de un 3.752% TAE para Twinero, un 2.969% TAE para sucredito.es, un 2.424,60% TAE en el caso de ¡Qué bueno!, 2.333,95% TAE para Ok Money, 1.309% TAE de creditomovil.es y Ferratum, o un 1.269,70% TAE en el caso de Vivus.es, entre otros.

Por su parte, Cetelem y Cofidis ofrecen una TAE de 17,75% y 24,51% respectivamente para un crédito de 4.000 euros en doce cuotas.

El análisis desarrollado por Facua también refleja una “información incompleta” en el caso de muchas de las webs de entidades que, sin embargo, permiten contratar créditos de manera casi automática.

La asociación recuerda que el consumidor está amparado por la Ley de la Usura, de 23 de julio de 1908. Dicha Ley sanciona determinadas situaciones de la contratación, dado que pueden suponer una lesión grave de intereses jurídicamente protegidos o un perjuicio económico injustificado. Así, la norma establece que para que puedan declararse como usureros unos intereses, estos tienen que ser “notablemente superior[es] al normal del dinero”, así como “manifiestamente desproporcionado[s] con las circunstancias del caso”. El interés legal del dinero para el año 2015 está situado en el 3,50% anual. Así, Facua recuerda que la sentencia del Tribunal Supremo del 25 de noviembre de 2015 consideró como usura un crédito al consumo al 24,6% TAE.

Además, la asociación advierte de que algunas de las empresas que comercializan estos productos no son entidades financieras. Por lo tanto, deberían estar bajo la supervisión de las autoridades de consumo de las comunidades autónomas, pero no bajo el control del Banco de España (autoridad que regula y controla el sector financiero) ni de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. De acuerdo al artículo 1 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, solamente son entidades financieras los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y el Instituto de Crédito Oficial.

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