Los trabajadores de la CAM se quedan sin la paga extra de marzo

Economía

Los trabajadores de la CAM se quedan sin la paga extra de marzo

Los administradores de la CAM, nombrados por el Banco de España, han decidido suprimir la paga extra que los empleados solían recibir a mediados de este mes, ya que estaba vinculada a la obtención de beneficios en el ejercicio precedente.

La entidad alicantina, en manos de los administradores del FROB a la espera de que Bruselas de el visto bueno a la adjudicación al Sabadell, cerró 2011 con unas pérdidas de más de 2.700 millones de euros lo que ha provocado la decisión de los gestores.

Según publica ‘Informacion.es’, también se suspende la aportación variable al fondo de pensiones de los trabajadores, ligada asimismo a la obtención de ganancias, que se limitará al mínimo establecido en el acuerdo laboral, que es del 2,75% para la mayoría de la plantilla.

No obstante, no todo son malas noticias para los trabajadores. Tal y como ya publicó EL BOLETÍN, los empleados tienen derecho a su cesta de Navidad, así como a que sus hijos reciban un regalo por parte de la entidad, según considera la Audiencia Nacional, que quitó la razón a los administradores del FROB, que eliminaron estas prácticas tras la intervención del Banco de España.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional estimó una demanda interpuesta por CCOO-Comfia al considerar que la cesta de Navidad, el lote de turrones y los juguetes de Reyes para los hijos de empleados formaban parte de su “paquete retributivo”.

La CAM remitía a cada uno de sus asalariados una cesta o un lote de turrón en fechas cercanas a las fiestas navideñas. También les obsequiaba con un juguete para cada uno de sus hijos de entre 0 y 12 años. La entidad suprimió ese hábito tras la intervención del Banco de España, pero los jueces consideran ahora que esa tradición debe respetarse, ya que en el ámbito laboral rige “el principio de intangibilidad unilateral de las condiciones más beneficiosas adquiridas y disfrutadas por el trabajador”.

La sentencia, que es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo previo pago de 600 euros, descarta igualmente que la CAM cumpliera el Estatuto de los Trabajadores al suprimir el aguinaldo, ya que no abrió en realidad un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores, sino que “se limitó solo a informar a las secciones sindicales de una decisión ya tomada”.

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