LUIS DE GUINDOS

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LUIS DE GUINDOS

Luis de Guindos, ministro de Economía

El Congreso debate hoy el decreto que acaba con la doble comisión en los cajeros. El Pleno del Congreso de los Diputados debate este miércoles la convalidación del real decreto que prohíbe la doble imposición de comisiones al retirar dinero en efectivo en los cajeros automáticos, normativa que fue aprobada por el Gobierno el pasado 2 de octubre y está ya en vigor.

En virtud del decreto, los cajeros deben informar al cliente de la comisión máxima que le cobrará su entidad financiera por retirar efectivo en un cajero que no es de su red, ya que la entidad propietaria del cajero no puede exigir ninguna comisión al usuario del servicio, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta.

Además, el emisor de la tarjeta puede repercutir o no, total o parcialmente, esta comisión a su cliente, según su política comercial.

Así, el cliente en ningún caso paga al dueño del cajero cuando retira el dinero. Solo puede tener que pagar una comisión a la entidad emisora de su tarjeta que depende de su política comercial. De esta manera, está informado previamente a realizar la operación de la comisión máxima que le puede repercutir su banco.

Si la retirada de efectivo es a débito, las entidades emisoras de la tarjeta únicamente pueden repercutir a su cliente, total o parcialmente, la comisión satisfecha a la entidad propietaria del cajero, pero no pueden cobrar ninguna comisión o gasto adicional.

En el supuesto de retirada de efectivo a crédito, las entidades emisoras de la tarjeta sí pueden cobrar un importe adicional a la comisión cobrada entre el emisor de la tarjeta y el propietario, ligada a la concesión del crédito. En todo caso este importe no puede superar al que la entidad emisora cobra a sus propios clientes por la retirada de efectivo a crédito de sus propios cajeros.

Las dos entidades, el emisor y el dueño del cajero, pueden pactar libremente la comisión que deberá pagar el primero al segundo. A falta de acuerdo, la comisión que determine el titular del cajero respecto a la emisora será la misma en todo el territorio nacional y no será discriminatoria.

Las entidades de crédito deberán informar al Banco de España de las comisiones que cobrarán, mientras que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) deberá elevar un informe anual al Ministerio de Economía y Competitividad sobre los acuerdos y decisiones de las entidades en relación a las comisiones. El primer informe de la CNMC se emitirá en el primer semestre de 2016, tal y como informa Servimedia.

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