Torra recurre la decisión de la JEP alegando que no puede decidir sobre incompatibilidades

Cataluña

Torra recurre la decisión de la JEP alegando que no puede decidir sobre incompatibilidades

Pide que la JEP vuelva a dictar resolución tras escuchar al Parlament.

Quim Torra, presidente de la Generalitat de Cataluña

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha presentado un recurso a la Junta Electoral Central (JEC) sobre la resolución del 24 de diciembre de la Junta Electoral Provincial (JEP) de Barcelona porque considera que ésta no tiene competencias para decidir sobre incompatibilidades de los diputados del Parlament.

El recurso, presentado este viernes y recogido por Europa Press, pide «impugnar la decisión de la JEP de Barcelona de no dar trámite de audiencia al Parlament» antes de desestimar, en esta resolución, las peticiones de inhabilitación de Torra presentadas por PP, Cs y Vox tras ser condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) «en sentencia no firme» por desobediencia al no retirar la pancarta y el lazo amarillo de la Generalitat en período electoral.

Torra también quiere impugnar la decisión de la JEP de «declararse competente para conocer sobre la alegada incompatibilidad sobrevenida en la que, según los partidos solicitantes, habría incurrido como diputado al Parlament», como consecuencia del fallo del TSJC, a pesar de no ser competente la JEP, defiende.

Así, el presidente catalán pide a la JEC que la Junta provincial repita la resolución tras escuchar al Parlament, ya que considera que la JEP debería haber trasladado las solicitudes a la Cámara catalana o bien tendría que haber inadmitido las peticiones.

Ha mostrado su sorpresa ante el hecho de que la JEP se pronuncie sobre «unas solicitudes que pueden tener una incidencia directa sobre la composición del Parlament sin dar, al menos, traslado de estas solicitudes al Parlament a efectos de que pudiera presentar las alegaciones» que considerara.

INCIDENCIA SOBRE EL PARLAMENT

La JEP «al declararse competente, sin serlo, para conocer este asunto, no ha tenido en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC), ni los mismos precedentes de la JEC», según Torra, que también ve una vulneración del Estatut.

El presidente ha afirmado que en términos expresados por la JEC, «la competencia para enjuiciar las situaciones de incompatibilidad de los diputados del Parlament corresponde, en todo caso, al mismo Parlament, por lo que la JEP de Barcelona debía haber inadmitido las solicitudes».

También ha criticado que los partidos políticos que presentaron las solicitudes «no disponen de legitimación activa para solicitar la expedición de la credencial de diputado en el Parlament en favor de eventuales electos de otras candidaturas», como pretendió el PP ante la JEP.

En la resolución del 24 de diciembre, la JEP desestimó, con un voto particular, las peticiones de inhabilitación del presidente de Torra, presentadas por PP, Cs y Vox, que pedían el cese de Torra como diputado, lo que conllevaría su cese como presidente, ante lo que la Junta recordó que se le condenó como presidente, no como diputado.

También afirmó que la JEC nunca ha cesado a un diputado que además presida una autonomía, sino que los precedentes de cese son por sentencias no firmes de alcaldes condenados por delitos contra la Administración pública vinculados a la corrupción, con prisión además de inhabilitación.

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