El Banco de España urge a aclarar el estatus laboral de los ‘riders’

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El Banco de España urge a aclarar el estatus laboral de los ‘riders’

El supervisor pone por primera vez el foco en las nuevas formas de empleo que han llegado de la mano de plataformas como Uber, Cabify, Glovo o Deliveroo.

Rider deliveroo

La situación de los repartidores a domicilio de las plataformas online o aplicaciones móviles preocupa al Banco de España que reclama al Gobierno la necesidad de aclarar urgentemente el estatus de estos trabajadores y su relación con las empresas para las que trabajan.

Lainformación.com explica que en un artículo analítico dedicado en exclusiva al empleo no asalariado, el supervisor bancario considera que «algunos trabajadores por cuenta propia, especialmente aquellos que dependen de solo un cliente, se encuentran en una situación muy próxima a la de un asalariado en términos de dependencia económica y de falta de autonomía en el desarrollo de su trabajo, pero no disponen, sin embargo, de la protección social que, en general, tienen los asalariados”.

En dicho artículo, firmado por Pilar García Perea y Concepción Román, se asegura que”la necesidad de clarificar el estatus de los trabajadores que se encuentran en la frontera entre los asalariados y los no asalariados es cada vez más relevante, dado que están apareciendo nuevas formas de empleo en las que con frecuencia resulta difícil determinar quién es el empleador y quién el asalariado”.

A juicio del supervisor, las herramientas digitales y los avances tecnológicos desempeñan un «papel muy importante» a la hora de facilitar nuevos métodos de trabajo, incluyendo la economía colaborativa a través de plataformas online y aplicaciones móviles. «Han brindado oportunidades para el desarrollo de nuevos negocios que, a pesar de tener un tamaño pequeño, pueden ser competitivos», y aportan «un gran valor a la economía», reconoce.

Sin embargo, estas nuevas formas de trabajo coexisten en la regulación laboral actual con figuras como el empleo no asalariado económicamente dependiente, los conocidos como autónomos ‘trade’, que engloban a trabajadores que dependen de un único cliente, que se encuentran en una situación muy próxima a la de un asalariado convencional en términos de dependencia económica y de autonomía en el desarrollo de su trabajo, pero con menos acceso a los derechos y beneficios que típicamente se asocian al trabajo asalariado.

El BdE considera que «la emergencia de este fenómeno ha suscitado gran interés por su posible impacto en las relaciones laborales tradicionales y por las implicaciones para el diseño de políticas sociales, aunque su identificación no es sencilla». El hecho es que los ‘trade’ se confunden habitualmente con los falsos autónomos. Básicamente, la diferencia es que mientras los primeros perciben el 75% de sus ingresos de un solo cliente, los segundos ocupan un puesto laboral y tienen un horario, pero están dados de alta como autónomos.

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