El 135 de la Constitución estará plenamente operativo el año que viene… y no se cumplirá

Déficit Público

El 135 de la Constitución estará plenamente operativo el año que viene… y no se cumplirá

El punto segundo de este artículo obliga a las administraciones a tener un déficit estructural ‘cero’ y están cada vez más lejos de este equilibrio.

Zapatero firma la reforma constitucional

Era septiembre de 2011, apenas dos meses antes de las elecciones que auparon a Mariano Rajoy a La Moncloa, cuando PSOE y PP llegaban a un polémico acuerdo para reformar de modo ‘exprés’ el Artículo 135 de la Constitución Española. El objetivo, dotar a la Carta Magna de un principio de estabilidad financiera en un momento en que España era analizada con lupa por los mercados y se hablaba de un rescate. Ocho años después, sin embargo, está a punto de entrar en vigor un punto clave de esta normativa que impide a las administraciones públicas a incurrir en déficit estructural, y el país está lejos de estar preparado para cumplirlo.

En concreto, el punto segundo del Artículo 135 quedó redactado de la siguiente manera: “El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario”.

Unos meses después, en abril de 2012 y ya con el PP en el Gobierno tras la derrota del socialista Alfredo Pérez Rubalcaba, se aprobaba esa ley orgánica, y era taxativa: “Ninguna Administración Pública podrá incurrir en déficit estructural, definido como déficit ajustado del ciclo, neto de medidas excepcionales y temporales”. No obstante, “en caso de reformas estructurales con efectos presupuestarios a largo plazo, de acuerdo con la normativa europea, podrá alcanzarse en el conjunto de Administraciones Públicas un déficit estructural del 0,4% del Producto Interior Bruto nacional expresado en términos nominales, o el establecido en la normativa europea cuando este fuera inferior”.

La normativa incluye algunas excepciones, permitiendo al Estado y las comunidades autónomas incurrir en déficit estructural “en caso de catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control de las Administraciones Públicas y perjudiquen considerablemente su situación financiera o su sostenibilidad económica o social, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados”. Eso sí, “esta desviación temporal no puede poner en peligro la sostenibilidad fiscal a medio plazo”.

La ley orgánica entró en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el 1 de mayo de 2012. Sin embargo, en el caso del límite del déficit estructural se retrasó la entrada en vigor hasta el 1 de enero de 2020. El problema es que la fecha se acerca y España está cada vez más lejos de este equilibrio.

“El déficit estructural no sólo no se está reduciendo, sino que está aumentando”, señala María Jesús Fernández, analista de Funcas, en declaraciones a EL BOLETÍN. “Es evidente que en 2020 no se va a cumplir”. De acuerdo con los cálculos de la Comisión Europea para 2018, el déficit estructural estaría en el 3,1% del PIB, cuando en 2017 era del 2,9% y hace cinco años era del uno y medio. España es, de hecho, y “con diferencia”, el país de la eurozona con más desequilibrio, por encima del 2,5% de Francia.

“Estamos en un período en que ya no crecemos tanto. Hay que ver las previsiones de ingresos y gastos, y los gastos actualmente están aumentando”, avisa por su parte Almudena Semur, del Instituto de Estudios Económicos (IEE). En ese sentido, “Habrá que tomar medidas para cumplir” con el equilibrio fiscal, si bien teniendo en cuenta el período electoral será el próximo Gobierno que salga de las urnas el que deberá afrontarlo.

Pero, ¿qué es el déficit estructural? El método de cálculo puede variar sensiblemente entre una institución y otra, pero normalmente se entiende como aquel componente del déficit público que no está afectado por factores cíclicos o por gastos extraordinarios, sino que más bien tiene que ver con la situación estructural y las decisiones del día a día.

En el caso de España, el desequilibrio no ha pasado desapercibido a las instituciones europeas. En su último informe anual, correspondiente al ejercicio 2018, el Banco Central Europeo (BCE) deslizó algunas críticas sobre el relajamiento observado por el país en sus objetivos fiscales. “Aunque se prevé que España, el único país sujeto a un procedimiento de déficit excesivo (PDE) en 2018, cumpla el plazo de corrección establecido, este logro oculta un déficit estructural abultado y creciente, contrariamente a la mejora recomendada”, ha alertado la institución. El actual vicepresidente del BCE, Luis de Guindos, era ministro de Economía del Gobierno español cuando se aprobó la ley orgánica que fijó el calendario de cumplimiento.

Artículo 135

La reforma del Artículo 135 no estuvo exenta de polémica. Aunque salió adelante con los 316 votos de PSOE y PP, superando con creces los 212 votos necesarios (tres quintos de la cámara), hubo un desplante casi generalizado del resto de grupos parlamentarios: CiU y PNV no votaron, mientras que IU, ERC, NBG, ICV y Nafarroa Bai ni siquiera estuvieron presentes en la votación.

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