Campaña de la Renta: ¿qué pasa si eras accionista de Banco Popular?

Fiscalidad

Campaña de la Renta: ¿qué pasa si eras accionista de Banco Popular?

Si no se consume el total de la pérdida en la declaración de la renta de 2017, se podrá reservar para aminorar plusvalías en los ejercicios 2018, 2019 y 2020.

Banco Popular

El pasado 4 de abril comenzó la Campaña de Renta, que finalizará el próximo 2 de julio. Los contribuyentes que hayan registrado pérdidas por la resolución de Banco Popular o que se hayan visto envueltos en las polémicas cláusulas suelo deberán tomar especial atención en informarse sobre cómo afectarán estos asuntos a fin de optimizar su carga fiscal.

Xavier López Villaécija, director del área Fiscal de Sanahuja Miranda, asegura en un comunicado que “la recomendación es encargar a un profesional la revisión del borrador de la renta que puede descargar a través de la Sede Electrónica de la AEAT, con anterioridad a tramitar la presentación, ya que éste no es más que una propuesta de la Administración, no vinculante, que puede tener errores y/u omisiones, de los que el contribuyente se hace responsable a través de su confirmación”.

En este sentido, López explica las claves a tener en cuenta para la declaración de renta del ejercicio 2017. En primer lugar, desde el 1 de enero de 2017, el importe obtenido por la transmisión de los derechos de suscripción procedentes de valores admitidos a cotización puede tributar como ganancia patrimonial para el transmitente y está sujeta a retención del 19% (anteriormente no tributaban).

Ganancias por transmisiones previas al 31 de diciembre de 1994. En caso de transmisión de bienes o derechos adquiridos antes esta fecha, que supongan una ganancia patrimonial, conviene estudiar si son de la aplicación las reducciones fiscales por coeficientes de abatimiento, y los límites que operan.

Reinversión de ganancias patrimoniales en contribuyentes mayores de 65 años. Si el contribuyente es mayor de 65 años y ha materializado la transmisión de bienes o derechos que le han supuesto una ganancia patrimonial, deberá considerar las exenciones fiscales de aplicación en caso de reinversión.

Existen algunos casos especiales, como pueden ser las pérdidas sufridas en Banco Popular, que fue resuelto en junio del año pasado. Según explica López, en 2017 aumentó el porcentaje de ganancias que pueden compensarse con pérdidas hasta un máximo equivalente al 20% esas plusvalías. Se ha de considerar que la declaración de la renta permite compensar plusvalías con las minusvalías sufridas en la inversión en Bolsa, en títulos de deuda o de la venta de una casa.

Y si no se consume el total de la pérdida en la declaración de la renta de 2017, se podrá reservar para aminorar plusvalías en los ejercicios 2018, 2019 y 2020. La amortización de las acciones del Banco Popular genera una pérdida patrimonial derivada de la transmisión. Su importe es la diferencia entre el valor de transmisión (0,00 euros) y el valor de adquisición pagado por el contribuyente, a integrar en la base imponible del ahorro.

Otro caso particular en la Campaña de la Renta es el de las cláusulas suelo. En el caso de haber integrado el pago en concepto de ‘cláusula suelo’ en ejercicios anteriores, y que se haya sido devuelto posteriormente el importe al contribuyente, como base para la deducción por inversión en vivienda habitual, se deberá actualizar dicha base de deducción original, rectificándose por tanto la cantidad deducida inicialmente.

Si la sentencia, laudo o acuerdo se ha producido en el año 2017, la regularización de las cantidades deducidas se realizará en la declaración de Renta del mismo 2017, a presentar en 2018, y podría afectar a las deducciones de los años no prescritos.

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