Las condenas por enaltecimiento en redes sociales se multiplican por 30 en cinco años

Libertad de expresión

Las condenas por enaltecimiento en redes sociales se multiplican por 30 en cinco años

Amnistía Internacional denuncia el "uso abusivo" de las leyes antiterroristas y el estrechamiento de los márgenes de la libertad de expresión en España.

Ley Mordaza censura libertad expresion

El «uso abusivo» de las leyes antiterroristas en España ha disparado, según Amnistía Internacional, el número de condenados por enaltecer el terrorismo o humillar a las víctimas en Internet: 119 desde 2011, más de la mitad en los dos últimos años.

La organización de derechos humanos analiza en el informe “Tuitea… si te atreves” cómo se han multiplicado en los últimos años las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a periodistas, artistas y usuarios de redes sociales en aplicación del artículo 578 del Código Penal.

De una persona en 2011, se pasó a 15 en 2012, 7 en 2013 y 12 en 2014. A partir de 2015, coincidiendo con la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como «ley Mordaza», la cifra se ha disparado: de las 18 personas que condenó ese año a las 31 del 2017, aunque el máximo se produjo en 2016 con 35.

Desde entonces, «las autoridades han impuesto decenas de miles de multas a periodistas, manifestantes y defensores de los derechos humanos, por conductas protegidas por los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica», lamenta AI, según recoge Efe.

La ONG critica la «imprecisión» y generalidad de la redacción de las leyes antiterroristas españolas. Según Amnistía, estos casos han tenido “un efecto profundamente escalofriante, ya que crea un ambiente en el que las personas temen cada vez más expresar puntos de vista alternativos o hacer bromas controvertidas”.

Enviar raperos a la cárcel por letras de canciones y prohibir la sátira política demuestra cuán estrechos se han vuelto los límites de la libertad de expresión online en España”, apunta Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.

Artículo 578 del Código Penal

Estos delitos se recogen en el artículo 578 del Código Penal español, artículo que la organización considera “vago” en sus términos. Según este artículo, los condenados pueden enfrentarse a multas, prohibiciones de trabajos en el sector público e incluso sentencias de prisión. El número de personas acusadas según este artículo, tal y como apunta Amnistía en su informe, aumentó de tres en 2011 a 39 en 2017 y casi 70 personas fueron condenadas solo en los dos últimos años.

Para realizar el informe, Amnistía Internacional ha contactado con varias personas relacionadas con recientes casos. Por un lado, el abogado Arkaitz Terrón, que fue detenido en 2014 con otras decenas de personas por mensajes en redes sociales, dice que fue “tratado como un terrorista” por nueve tweets, a pesar de que luego fuera absuelto. Otro hombre, J. C.V., a quien se le impuso una condena condicional de un año por 13 tweets, afirmaba que el “objetivo es crear un clima de autocensura en la población”.

La organización también recuerda que en el juicio contra Cassandra Vera, la sobrina de Luis Carrero Blanco acudió como defensa de la tuitera y afirmó ante el tribunal que estaba “temerosa de una sociedad donde la libertad de expresión, por lamentable que sea, podría conducir a la prisión”.

Peticiones de Amnistía al Gobierno

Entre las principales reclamaciones de Amnistía internacional al Gobierno de España están la derogación del artículo 578 del Código Penal y “garantizar que ninguna de sus disposiciones viola las obligaciones contraídas por España con las leyes y normas internacionales de derechos humanos, y en concreto el artículo 19 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos”. Este artículo recalca que “sólo se penalizan las expresiones que animen a otras personas a cometer un delito reconocible con la intención de incitarlas a cometer dicho acto y con una probabilidad razonable de que lo lleven a cabo, y cuando exista una relación causal clara entre la declaración y el delito”.

Además, también pide al Estado “garantizar que ninguna disposición del Código Penal penaliza expresiones que no representan apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia”. Por ello, en sus reclamaciones también está la retirada de todos los cargos y el compromiso de no detener, investigar, procesar ni encarcelar a ninguna persona en aplicación del artículo 578.

Como posible solución Amnistía Internacional propone al Gobierno “Adoptar leyes y procedimientos efectivos para que las víctimas del terrorismo puedan interponer demandas civiles”.

Más información