Ciudadanos usa la misma tesis que el PP para rechazar una auditoría externa de sus cuentas

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Ciudadanos usa la misma tesis que el PP para rechazar una auditoría externa de sus cuentas

Albert Rivera, presidente de Ciudadanos

La formación ‘naranja’ asegura que la ley no permite que auditorías externas examinen las cuentas de los partidos y que solo es competencia del Tribunal de Cuentas. Varios expertos lo niegan. Un artículo de Josep Campabadal y Francesc Miralles publicado en Contexto, levantó la liebre el pasado 24 de octubre al señalar una serie de interrogantes sobre las cuentas de Ciudadanos que se derivaban del análisis del apartado de transparencia de la propia página web del partido de Albert Rivera.

Sin embargo, quizá sea aún más relevante las respuestas que , ofreció también a Contexto cuatro días después. Por un lado Villegas afirmó que el problema se habría originado porque «sólo tenemos dos personas en contabilidad», pese a que su voluntad sería «ser transparentes al máximo con las cuentas». Por otro, se acogía a que tampoco podían establecer más controles externos ya que, según su versión, «la ley no permite que auditoras externas examinen las cuentas de los partidos, porque es el Tribunal de Cuentas quien lo hace. Pero sí pide procesos de control interno».

Curiosamente una respuesta similar a la que dio María Dolores de Cospedal en 2013, cuando tras el escándalo provocado al conocerse la «contabilidad b» del extesorero del PP Luis Bárcenas, anunció que iba a realizar una auditoría externa, para desdecirse dos meses después. Entonces, la secretaria general del PP señaló que «las empresas con las que habían contactado no querían realizar auditorías a partidos políticos». El PP aseguraba que las auditoras se negaban a llevar a cabo el encargo al entender que el Tribunal de Cuentas era el único competente para ello y subrayaba que «ningún auditor privado, persona física o jurídica, puede fiscalizar ni auditar a ninguna administración pública».

Una interpretación y una coincidencia entre populares y «naranjas» que se ha vuelto a dar esta misma semana. El Ejecutivo de Cristina Cifuentes en la Comunidad de Madrid señaló a los «naranjas» que era jurídicamente inviable que una empresa privada se encargase de analizar las cuentas de un organismo público, acogiéndose a un informe de la Abogacía del Estado, según el cual dicho trabajo le correspondería a la Cámara de Cuentas. Un organismo, por cierto presidido por Arturo Canalda, cuyo nombramiento fue recurrido por UPyD ante el Tribunal Constitucional ya que, a su juicio, no cumplía con los requisitos establecidos por la Ley.

Una vez más, Ciudadanos se ha manifestado conforme con esa interpretación, pese a que su pacto de investidura con el PP exigía una auditoría externa del Gobierno de los últimos ocho años en los que Esperanza Aguirre e Ignacio González estuvieron al frente de la Comunidad de Madrid.

La realidad es que la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, señala en su artículo 16.1 que «corresponde en exclusiva al Tribunal de Cuentas el control de la actividad económico-financiera de los partidos políticos, sin perjuicio de las competencias relativas a la fiscalización de los procesos electorales autonómicos atribuidas a los órganos de control externo de las Comunidades Autónomas previstos en sus respectivos estatutos».

Una disposición que las fuentes consultadas por esta publicación señalan que hace referencia a los requisitos mínimos que han de cumplir los partidos políticos, pero que, en ningún caso, impide la realización de otro tipo de controles.

En este sentido se manifiesta Valentí Pich, presidente del Consejo General de Colegios de Economistas de España. Según este economista y auditor de cuentas, también socio fundador de Pich Abogados-Economistas: «Que haya que cumplir con ese requisito, no impide procedimientos adicionales. Estamos ante una obligación de carácter específico, pero el sentido común te dice que cualquier formación, ente u organismo de cierta entidad, que reciba subvenciones o gestione dinero público, lo normal sería que hiciese una auditoria externa porque es el mecanismo estándar conocido para solucionar estos temas. Independientemente de que haya que reportar a quien corresponde y la Administración General del Estado tenga que hacer un control administrativo propio, estas entidades deberían ofrecer información al máximo detalle en su página web y, aunque no es obligatorio, depositarlas en el registro mercantil y ofrecer un informe de auditoría-publico».

«Cuando una fundación, por no hablar de partidos políticos, que tienen un régimen fiscal específico y una pátina de no tener un ánimo de lucro, no da la misma información que, por ejemplo un bar, estamos ante un comportamiento que debería estar penalizado socialmente”, señala Pich.

Una valoración similar a la manifestada por Carlos Puig de Travy, presidente del Registro de Economistas Auditores (REA CGCEE), y al frente de la división de auditoría de Crowe Horwath durante los últimos años. Puig de Travy señala que si bien, efectivamente, la potestad exclusiva de auditar y controlar las cuentas de los partidos políticos corresponde al Tribunal de Cuentas, esto no impide que aquellos puedan alcanzar acuerdos privados con empresas auditoras. De este modo, si bien estos ejercicios no quedarían regulados ni bajo la ley de Transparencia, ni la de Financiación de Partidos o incluso bajo la Ley de Auditoría de Cuentas, sí que servirían para incrementar la transparencia y fiabilidad sobre sus cuentas.

Este es el caso, por ejemplo de Podemos, quien en su «memoria de cuentas con el informe de los auditores» de 2014 recoge la realización e incluso adjunta un informe de auditoría independiente de sus cuentas anuales realizado por la empresa Muñoz Vázquez Asociados, S.A. pese a que según PP y Ciudadanos este habría de ser «jurídicamente inviable».

No deja de ser relevante que el pasado miércoles, el propio ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, dictase una orden por la que el BOE publicó un proceso de colaboración con empresas privadas de auditoría ya que la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) «no puede asumir en su integridad con sus efectivos actuales» determinadas actuaciones de control. Aunque la «titularidad» de estos trabajos, por decirlo así, sigue correspondiendo al IGAE, que en efecto mantiene la competencia exclusiva sobre los mismos, parece que cuando hay voluntad política no existen problemas con la intervención de auditoras privadas.

Más allá de lo ya señalado, resulta también destacable que en su respuesta al reportaje publicado por eldiario.es el pasado día 27, Ciudadanos contradiga su versión anterior sobre el aporte de cargos públicos que bajan de 78.216 euros a 62.216 o que facilitase una nueva versión de sus cifras de ingresos, pero no así de gastos. Además, facilitaron un gráfico en el que el 53% de sus ingresos correspondería a subvenciones del Parlament, equivalentes a 1,2 millones de euros. Una cifra que es obviamente inferior al 53% del total que dicen haber ingresado: 3,2 millones de euros. Es decir, el partido ‘naranja’ sigue sin consolidar sus cuentas.

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