La Justicia da 72 horas a Madrid para dar a los sanitarios equipos de protección suficientes

Covid-19

La Justicia da 72 horas a Madrid para dar a los sanitarios equipos de protección suficientes

El TSJM estima de forma parcial la solicitud de medidas cautelares formulada AMYTS contra la Consejería de Sanidad.

Paciente hospital sanidad

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha respaldado las medidas cautelares solicitadas por la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (AMYTS) contra la Consejería de Sanidad por la falta de equipos de protección para los sanitarios. De esta manera, ha requerido a la Comunidad que en un plazo de 72 horas realicé la pertinente evaluación de riesgos y determinación de los EPI y provea de equipos de protección suficiente.

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el TSJM estima de forma parcial la solicitud de medidas cautelares formulada AMYTS contra la Consejería de Sanidad.

El pasado 25 de marzo, el Juzgado de lo Social número 31 de Madrid admitió las medidas cautelarísimas reclamadas por AMYTS para proteger a los profesionales frente al Covid-19. Entonces, el juez dio un plazo de 24 horas a Sanidad para la entrega de los EPI necesarios a todos los centros del servicio madrileño de salud, siendo recurrido por la Comunidad.

Los magistrados acuerdan la apertura de pieza separada de medidas cautelares y requerir a la Consejería de Sanidad para que realice la pertinente evaluación de riesgos y determinación de los equipos de protección individual necesarios para cada tipo de puesto ocupado por el personal afectado por el presente conflicto colectivo (Médicos y Titulados Superiores Sanitarios).

Afecta a quienes presten servicios como tales en los centros de la red del Servicio Madrileño de Salud, hospitalarios, asistenciales de Atención Primaria, SUMMA 112, SAR, centros con pacientes institucionalizados, así como todos los demás centros asistenciales de la Comunidad y cualesquiera otras dependencias habilitadas para uso sanitario.

Por ello, establece un plazo de 72 horas y, “una vez realizada tal evaluación”, pide que se proporcionen “dichos equipos de protección individual a cada trabajador en cuanto pueda obtener los mismos y estén a su disposición. También requiere igualmente como medida cautelar a la Consejería de Sanidad que dote a dichos trabajadores en cada centro de recipientes seguros e identificables de recogida de residuos sanitarios de tamaño y en cantidad suficiente”.

El TSJM se opone en cambio a la pretensión relativa a los kits PCR de diagnóstico Covid-19 y sus consumibles y a los kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno), “no porque puedan no ser necesarios, sino porque lo que se pide es un elemento propio de la prestación de asistencia sanitaria ajeno a la prevención de riesgos laborales”.

El consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, incidió durante su última comparecencia en la comisión de Sanidad de la Asamblea de Madrid que la situación del material de protección ha mejorado de forma considerable desde el pico de la pandemia y que se dispone de un stock suficiente.

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