Los ‘peros’ del Banco de España al ingreso mínimo vital del Gobierno

Pobreza

Los ‘peros’ del Banco de España al ingreso mínimo vital del Gobierno

“Tenemos que estar atentos para aplicarla de modo ágil y eficaz y evitar efectos secundarios no deseados”, señala el Banco de España.

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El ingreso mínimo vital (IMV) aprobado recientemente por el Gobierno puede constituir una “herramienta útil para reducir el nivel de pobreza extrema de colectivos con dificultades estructurales especiales”, pero “tenemos que estar atentos para aplicarla de modo eficaz y evitar efectos secundarios no deseados”, según ha valorado el director general de Economía y Estadística del Banco de España, Óscar Arce, que ha sido el encargado de presentar el ‘Informe Anual 1019’ de la institución.

Arce ha resumido estos efectos secundarios, “que en absoluto han pasado desapercibidos para el legislador”, en dos: en primer lugar, el impacto en los incentivos que tendrán los beneficiarios para acceder al mercado de trabajo. “Hay que supervisar y monitorizar de manera continua” para que no se desincentive este acceso al mercado laboral. El segundo riesgo sobre la mesa es que haya un desplazamiento de determinados actores a la economía sumergida. “Las autoridades competentes tendrán que controlarlo”, ha señalado el director general, que ha recordado que “son efectos colaterales que se pueden dar siempre”.

En su informe, el Banco de España apunta que “será fundamental cómo se aplique esta medida en la práctica, que deberá ir acompañada de un seguimiento continuo y riguroso de su funcionamiento, de su coste y del grado de consecución de los objetivos perseguidos”. A la institución que dirige Pablo Hernández de Cos considera “relevante valorar cómo puede solaparse este instrumento con otras ayudas ya dispuestas a escala central, regional y local, a efectos de asegurar la eficiencia en el uso de los recursos públicos en el conjunto de las administraciones”.

“También habrá que precisar si los requisitos de elegibilidad establecidos en el diseño actual (como aquellos relativos a la necesidad de estar registrado en el Servicio Público de Empleo Estatal) excluyen de la ayuda a algunos colectivos vulnerables, o si otros requisitos pueden recalibrarse para proporcionar una imagen más fiel del verdadero grado de necesidad de los beneficiarios, como en el caso de los umbrales al patrimonio, que posiblemente deberían incluir algún tipo de requisito de información acerca del nivel de endeudamiento del solicitante”.

En todo caso, el IMV “no suple el papel de otras herramientas que pueden actuar como estabilizadores automáticos y amortiguar, con carácter general, las perturbaciones negativas de renta de los hogares”. Así, por ejemplo, en situaciones de crisis como la actual, “es probable que haya colectivos afectados muy negativamente, pero que no satisfagan las condiciones de acceso al IMV. Por ejemplo, para aquellos desempleados que vayan agotando los subsidios de desempleo, pero que no cumplan los requisitos para acceder al IMV, podría ser necesario aprobar extensiones adicionales de estos estabilizadores automáticos, con la posibilidad de permitir una cierta compatibilidad con el trabajo durante los primeros meses después de haberlo recuperado”.

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