La CNMC multa a las grandes eléctricas por cambiar contratos sin permiso

Energía

La CNMC multa a las grandes eléctricas por cambiar contratos sin permiso

Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

El ‘superregulador’ impone sanciones por un importe conjunto de 155.000 euros a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo con un importe en conjunto de 155.000 euros por formalizar contratos de gas y electricidad sin el consentimiento de los clientes.
 
El ‘superregulador’ explica en un comunicado que ha recibido siete reclamaciones de usuarios, presentadas antre la propia Comisión o a través de las oficinas municipales de información al consumidor, en las que los clientes denuncian haber sufrido un cambio de comercializado sin haber dado su permiso.
 
Tras abrir un período de información previa, el organismo ha determinado que las cuatro comercializadoras incumplieron las normas a que establecen el derecho del consumidor para elegir suministrador y que obligan a las compañías de electricidad y gas natural a cumplir los requisitos de contratación y apoderamiento con los clientes.
 
“La CNMC ha acreditado que en los casos sancionados, las compañías no respetaron el procedimiento de contratación y no contaron con el consentimiento de los clientes”, señala la nota.
 
Como consecuencia, “se abrieron los correspondientes expedientes sancionadores”. En concreto, a Endesa Energía se le impone una multa total de 100.000 euros (cinco sanciones de 20.000 euros, en cuatro expedientes distintos); a Iberdrola Clientes, un sanción de 30.000 euros; Gas Natural Servicios deberá pagar 10.000 euros; y Viesgo Energía, 15.000 euros.
 
No obstante, las cuatro compañías pueden recurrir las resoluciones ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
 
Como recuerda el organismo regulador, ya en 2015 publicó una serie de recomendaciones para fomentar las buenas prácticas entre los clientes y las comercializadoras de gas y electricidad cuando se realiza un cambio de suministrador en los contratos de gas y/o electricidad de los usuarios. Entre otros aspectos, la CNMC aconseja a las empresas que eviten la captación de clientes a través de canales de venta domiciliaria o telefónica (especialmente en el caso de personas mayores). También recuerda que deben identificarse de manera clara ante el consumidor y evitar prácticas o mensajes que generen confusión, entre otros.
 

Más información