La venta de pisos públicos a cargo de Botella, plagada de ilegalidades según la Cámara de Cuentas

Vivienda

La venta de pisos públicos a cargo de Botella, plagada de ilegalidades según la Cámara de Cuentas

    Ana Botella, exalcaldesa de Madrid

    Según un pre informe de la Cámara de Cuentas, el equipo de la exalcaldesa no cumplió con “las más elementales reglas de buena gestión”. Un informe aún no publicado de la Cámara de Cuentas de Madrid está dedicado a la venta de hasta 7.000 propiedades de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) entre 2012 y 2013. El preinforme, al que han tenido acceso varios medios, es demoledor para con la gestión del equipo de Gobierno responsable, en manos de la exalcadesa Ana Botella. Según el órgano, el proceso para vender pisos públicos a los llamados fondos buitre incurrió en numerosas irregularidades.

    «Prescindió de la aplicación de las instrucciones internas de contratación» y «procedió a la venta sin la existencia de pliegos de condiciones» o sin establecer el valor real del mercado de esos pisos, que se terminaron vendiendo por debajo de su precio, según informa Cadena Ser.

    En concreto, la Cámara encuentra incumplimientos en la venta de 1.860 viviendas protegidas a Blackstone: el informe revela que el consistorio facilitó información privilegiada a cuatro de estos fondos de inversión sobre las condiciones de la venta antes de que se hiciese pública. Según recoge eldiario.es, el informe llega a afirmar que el trabajo de la ex edil del PP “vulneró las más elementales reglas de buena gestión”.

    Aunque ahora se abre un plazo de alegaciones para las partes, la Cámara de Cuentas sospecha que no hubo concurrencia pública real en la puesta en venta del paquete de pisos protegidos. Según el mismo medio, la empresa municipal del Ayuntamiento obvió fijar el preceptivo pliego de condiciones, «saltándose no solo las normas internas de contratación sino también la Ley de Contratos del Sector Público», así como los informes de necesidad y viabilidad técnica y jurídica de la operación y que «ignoró su obligación de establecer una tasación objetiva del valor de los bienes a enajenar».

    Más información