La Justicia europea abre la puerta al fin del modelo laboral de Uber

La Justicia europea abre la puerta al fin del modelo laboral de Uber

El fallo del tribunal con sede en Luxemburgo obligará a Uber a un mayor control que incrementará “la dependencia de los conductores” respecto a la compañía, señala el abogado laboralista Fabián Varelo.

    uber coche vtc

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha concluido que Uber es un servicio de transporte y no sólo una simple aplicación digital intermediaria, por lo que debe acatar la regulación que rige este sector en cada Estado miembro. Aunque la compañía defiende que el fallo no tendrá grandes consecuencias para su actividad, pues en la mayoría de los países europeos opera con licencia, la decisión sí que podría tener implicaciones para su modelo laboral.

    En la sentencia, el tribunal con sede en Luxemburgo considera que “Uber ejerce una influencia decisiva sobre las condiciones de las prestaciones” efectuadas por los conductores, por ejemplo, “establece al menos el precio máximo de la carrera”. Además, “ejerce cierto control sobre la calidad de los vehículos, así como sobre la idoneidad y el comportamiento de los conductores, lo que en su caso puede entrañar la exclusión de éstos”. Por ello, dictamina que Uber debe calificarse como “servicio en el ámbito de los transportes”.

    Las citadas consideraciones podrían complicar a la multinacional estadounidense mantener su sistema basado en conductores autónomos, al reconocer el control ejercido por la compañía en la actividad que ejercen los chóferes. Como explica el abogado laboralista Fabián Valero en la red social Twitter, Uber tendrá que asumir mayor control, lo que a su juicio “incrementará aún más las notas de ajenidad y dependencia de los conductores respecto a Uber”. Esto “conducirá a tener que abandonar la figura de los autónomos”, sostiene.

    “No es lo mismo economía colaborativa que gestión tecnológica de una actividad empresarial clásica. Deliveroo, Glovo, Cabify y muchas otras, en el punto de mira”, añade Valero. Y es que la sentencia podría sentar un precedente para la regulación de la economía digital y las plataformas que se escudan en que son servicios de la sociedad de la información para esquivar las normas que rigen tanto en sectores como el transporte y el turismo como en materia laboral.

    El despacho de abogados SBC, que se ha encargado de representar a los taxistas demandantes del caso que ha dado lugar a la sentencia del TJUE, también coincide en que el fallo podría tener consecuencias en la relación de Uber con sus conductores, pues la compañía no es un simple intermediario que pone en contacto conductores y pasajeros. Al tener amplio control sobre la actividad desarrollada, debe cumplir con los derechos correspondientes a una relación laboral de asalariados.

    Por su parte, Uber asegura que la sentencia apenas tendrá impacto en su negocio en Europa. En España, Alemania o Francia opera con las licencias necesarias, aunque en Polonia, la República Checa, Eslovaquia y Rumania, su servicio carece de autorizaciones.

    La sentencia responde a una consulta realizada por el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, a raíz de una demanda interpuesta por la Asociación Profesional Elite Taxi de la Ciudad Condal contra Uber en 2014 por competencia desleal. El procedimiento se refería en concreto al servicio UberPop, una modalidad que recurría a conductores no profesionales y que Uber ya no ofrece en España. Ahora, la compañía opera en España bajo el modelo UberX, un servicio de licencias VTC que, según la startup cumple con la legalidad vigente.

    Sin embargo, los taxistas, que ya han anunciado que se reunirán para estudiar la puesta en marcha de medidas legales para las próximas fechas, aseguran que la compañía podría enfrentarse a multas de más de 5.000 millones de euros. Entienden, a raíz de la decisión del TJUE, que Uber siempre ha sido una empresa de transportes en España, incluso cuando funcionaba bajo el modelo UberPop, por lo que insta a las administraciones a supervisar cada servicio ejercido desde 2014. De contar con licencias, debería abrirse expedientes sancionadores contra la firma y la cuantía de las multas oscila entre los 400 y los 600 euros.

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