Bankinter rebaja los intereses de sus hipotecas a tipo fijo por segunda vez en dos meses

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Bankinter rebaja los intereses de sus hipotecas a tipo fijo por segunda vez en dos meses

El banco rebaja en diez y cinco puntos básicos respectivamente los intereses de sus hipotecas a tipo fijo a diez y 20 años.

Bankinter

Bankinter ha dado una nueva vuelta de tuerca en el precio de sus hipotecas a interés fijo, con su segunda rebaja en apenas dos años. En concreto, ha anunciado una bajada de diez puntos básicos en el tipo de la hipoteca a 20 años con respecto a la última revisión; y de un 0,05% de reducción en el mismo producto a un plazo de diez años.

Para el resto de plazos, la entidad mantiene los precios que estaban vigentes desde el mes de septiembre, cuando se realizó una revisión a la baja que, en esa ocasión, afectó a todos los plazos. Con este nuevo movimiento, las hipotecas a tipo fijo de Bankinter quedarían como sigue: el 1,50% al plazo de diez años; el 1,90% para un periodo de 15 años; el 2,00% en el plazo de 20 años; en el 2,25% a 25 años; y en un tipo de interés del 2,35%, para el plazo máximo de 30 años.

Estos precios están condicionados a la contratación de un paquete de productos: contratación de Cuenta Nómina, Cuenta Profesional o Cuenta No-Nómina (cuenta remunerada con una TAE del 5% el primer año y del 2% el segundo año hasta un máximo de 5.000 euros en el caso de nuevos clientes), contratación de un seguro de vida por el 100% del importe del préstamo y un seguro de hogar.

La contratación de estos productos bonificados tiene carácter opcional para el cliente y su no contratación puede incrementar esos tipos. La hipoteca a tipo fijo de Bankinter puede solicitarse por personas físicas residentes en España, tanto para primera como para segunda vivienda.

Estas hipotecas cuentan con una comisión de apertura del 1%, con un mínimo de 500 euros y una compensación de desistimiento por amortización parcial, total y/o subrogatoria del 0,5% en los cinco primeros años de vida y del 0,25% en adelante, además de una compensación por riesgo de tipos de interés del 0,75% que se aplica únicamente en el caso de que la cancelación anticipada genere una pérdida de capital para la entidad.

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