La Audiencia Nacional rechaza por segunda vez dejar en libertad a Sandro Rosell

Justicia

La Audiencia Nacional rechaza por segunda vez dejar en libertad a Sandro Rosell

Los magistrados sentencian que sigue existiendo el riesgo de fuga, de ocultación de pruebas y de reiteración delictiva.

Sandro Rosell, expresidente del Fútbol Club Barcelona

Sandro Rosell seguirá en la cárcel. La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha denegado la libertad del expresidente del FC Barcelona al persistir los riesgos de fuga, de ocultación de pruebas y de reiteración delictiva que ya advirtió la juez Carmena Lamela. De esta manera, los magistrados han rechazado por segunda vez el recurso de apelación de Rosell donde aseguró que no existe tal riesgo por su arraigo en España.

Rosell, que se encuentra en prisión desde el pasado 25 de mayo por su presunta implicación en la llamada Operación Rimet, ha vuelto a chocar contra el criterio de la Audiencia Nacional. Los jueces han señalado que la gravedad de las penas a las que se enfrenta el exdirigente culé da pie a ese riesgo de fuga. Es más, en la sentencia se ha apuntado a la posibilidad de que, ante la facilidad del expresidente a moverse por el mundo, buscara refugio en oto país donde la “cooperación policial y judicial no resultara fácil”.

Asimismo, el auto ha recalcado que sigue existiendo el riesgo de destucción de pruebas ya que la instrucción del caso aún no ha finalizado. “Se está investigando la actividad llevada a cabo por aquel a través de la entidad ONE OF OURS LIMITED que parece estar desarrollando el mismo proyecto que desarrollaba la liquidada BSM, interfiriendo en la investigación del presunto blanqueo de capitales que podría haberse llevado a acabo por el apelante simulando la venta de BSM”, han recordado desde la Audiencia Nacional.

Por último, en cuanto a la denuncia de Rosell de sufrir el agravio comparativo con otros investigados, la Sala de la Audiencia Nacional ha aseverado que dicho argumento no es una circunstancia para poner en libertad al encarcelado. El motivo es, según los magistrados, que se trata de procesos distintos, cuya situación se desconce. Aun así, han concluido que tampoco existe diferencia de trato con otros investigados en esta causa puesto que sus circunstancias son diferentes.

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