Hacienda amenaza con sancionar a quien pague impuestos estatales en la Agencia Tributaria catalana

Cataluña

Hacienda amenaza con sancionar a quien pague impuestos estatales en la Agencia Tributaria catalana

La AEAT avisa en un comunicado de que la desviación de tributos de la Administración Central puede acarrear embargos o responsabilidad penal.

Cristobal Montoro

El Ministerio de Hacienda ha advertido, mediante un comunicado, con la posibilidad de imponer sanciones, que podrían llegar a ser embargos o incluso derivar en responsabilidad penal, para las personas físicas y jurídicas que presenten las declaraciones de impuestos exclusivos del Estado en la Agencia Tributaria Catalana.

El departamento que dirige Cristóbal Montoro hace pública su postura ante la presentación de la Agencia Tributaria Catalana que ayer escenificaban el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont y su vicepresidente, Oriol Junqueras. Ambos afirmaron que la citada Agencia está preparada para recaudar todos los tributos en Cataluña si sale el «sí» en el referéndum independentista que quieren hacer el 1 de octubre.

Hacienda ha querido aclarar que la Generalitat de Cataluña, al igual de las demás regiones de régimen común, dispone de su propia Administración Tributaria, que es competente para gestionar sus propios tributos y los tributos estatales cuya recaudación se cede íntegramente a las Comunidades Autónomas.

Este es el caso del Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los tributos sobre el Juego y el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Sin embargo, el Ministerio ha recordado que para el resto de tributos la normativa establece que los deberes de presentar las declaraciones y de pagar las deudas tributarias “sólo se tienen por cumplidos si se realizan en la Administración Tributaria competente”. Es decir, que si los contribuyentes presentan las declaraciones y liquidan sus impuestos ante otra Administración “las declaraciones se tendrán por no presentadas y las deudas, por no pagadas”.

“En su caso, estas conductas podrían ser constitutivas de delito contra la Hacienda Pública. En este sentido, se debe recordar que las personas jurídicas no tienen sólo responsabilidad tributaria, sino también responsabilidad penal, de acuerdo con el Código Penal. Además, sus administradores pueden incurrir en responsabilidad tributaria, como responsables solidarios o subsidiarios del pago de la deuda tributaria”, explica la AEAT en su comunicado.

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