Gestha cifra en cinco años de prisión la petición mínima contra Cristiano Ronaldo

Hacienda

Gestha cifra en cinco años de prisión la petición mínima contra Cristiano Ronaldo

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda sostienen que los delitos atribuidos al madridista “conllevan penas de prisión de dos a seis años por cada uno de ellos”.

Cristiano Ronaldo

La denuncia de la Agencia Tributaria a la Fiscalía por unos presuntos delitos fiscales de Cristiano Ronaldo ha contado con la aprobación de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Y es que el colectivo han tachado de “acertado” el paso que ha dado la institución, aunque han lamentado “la demora” en el proceso.

Gestha ha señalado que el futbolista del Real Madrid podría haber incurrido en un delito fiscal en 2011 y en otros dos delitos fiscales agravados en 2012 y 2013 “al superar las cuotas presuntamente defraudadas los 600.000 euros”. “Estos dos delitos conllevan penas de prisión de dos a seis años por cada uno de ellos, lo que implicaría la petición de la Abogacía del Estado de una pena mínima total de cinco años”, ha recordado el colectivo.

De la misma manera, los Técnicos del Ministerio de Hacienda han considerado que los asesores fiscales de Ronaldo “deberían ser investigados por cooperadores necesarios en los presuntos delitos fiscales”. Y más al ver que las informaciones de ‘Football Leaks’ apuntaban que se cruzaron correos electrónicos entre los abogados del jugador y los del representante hablando de esta cuestión.

Pese a aplaudir la decisión de la Agencia Tributaria, Gestha ha reprochado la tardanza en denunciar “un asunto tan complejo”. De hecho, esta demora obliga al organismo a “formular su querella antes del 30 de junio para evitar que prescriba penalmente el presunto delito cometido” en 2011. Asimismo, el colectivo ha pedido al director de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez, que acuda al Congreso de los Diputados a dar una serie de explicaciones.

Y es que Gestha se pregunta “cuál es el motivo por el que abocó el nombramiento de peritos y funcionarios en auxilio judicial en los casos instruidos en la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo”. A su vez otra serie de cuestiones están encima de la mesa para que responda Menéndez: “¿Cuál es el criterio para enviar o no a la Fiscalía los casos de grandes fraudes cometidos por estos deportistas o entrenadores? ¿Qué consecuencias penales podrían acarrear que se ordene investigar solo tres años y no más ejercicios? ¿Por qué no se aumentan las competencias y funciones de los técnicos de Hacienda para que puedan investigar a un mayor número de personas con enormes patrimonios y rentas?

Pero las miradas de Gestha también se han dirigido a la llamada Ley Beckham. Según han denunciado, gracias a esta norma, Cristiano Ronaldo tuvo la posibilidad de tributar por el Impuesto sobre la renta de no residentes durante 2010 (cuando se efectúa el cambio de residencia fiscal a España) y durante los cinco períodos siguientes, de 2011 a 2015. “Por ello, Ronaldo presentará este año por primera vez la Declaración de la Renta de 2016”, han recordado.

“Si bien el juez podría aplicar la atenuante muy cualificada de regularización extemporánea introducida en el Código Penal en 2013 y reducir la pena a la mitad o a la cuarta parte de cada delito fiscal si el jugador reconoce los hechos y paga las cuotas defraudadas, los intereses y las multas en el plazo máximo de dos meses desde la citación judicial como investigado. Si el juez redujera las penas a la cuarta parte, la pena de prisión total quedaría en 15 meses, por lo que al carecer de antecedentes podría acordar que no entre en prisión, mientras no sea condenado en el tiempo de la pena suspendida”, ha definido Gestha.

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