Si mi vuelo se retrasa o cancela, ¿qué hago?

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Si mi vuelo se retrasa o cancela, ¿qué hago?

Es definitivo, es oficial: te va a tocar esperar y además durante no se sabe cuánto tiempo.

Equipaje

A todos nos ha ocurrido alguna vez: llegas al aeropuerto, con varias horas de antelación para facturar maletas y asegurarte de que vas con tiempo suficiente para desayunar o comer tranquilamente y leer un rato (o quizá distraerte con algún juego del teléfono, tampoco nos vamos a engañar), y cuando parece que todo va bien, en la pantalla de tu puerta de embarque aparece el desdeñable mensaje de ‘Delayed’. Es definitivo, es oficial: te va a tocar esperar y además durante no se sabe cuánto tiempo. Puede ser una hora o pueden ser cuatro, y después del enfado inicial -mención especial a los que tienen una escala programada en algún otro aeropuerto- probablemente empieces a pensar en qué opciones tienes para reclamar a la compañía con la que vuelas por un error que no ha sido tuyo y del que estás sufriendo las consecuencias. Lo cierto es que probablemente te pille tan por sorpresa que ni conozcas muchos de los derechos que tienes como pasajero, así que nos hemos decidido a ofrecerte una pequeña pero útil guía sobre los pasos que más te conviene seguir una vez te ves inmerso en esta situación. Sólo cuando el vuelo supera las tres horas de retraso podremos reclamar a la compañía una compensación económica que en cualquier caso tardará varios días en llegar: muy probablemente perderás más dinero del que vas a sacar de esa compensación, por lo que si vas a necesitar una cantidad extra en los días siguientes, siempre existe la opción de recurrir a compañías que ofrecen préstamos rápidos, ya que son bastante rápidas y te pueden sacar del apuro.

Como nunca solemos estar preparados para imprevistos de este tipo, te animamos a que leas con atención estos consejos y a que conozcas bien tus derechos, ¡ya que esa será tu mejor defensa!

RETRASO

Cuando nuestro vuelo sale con retraso, según la duración de éste tendremos derecho a reclamar una cosa u otra, pero en cualquier caso siempre deberemos ser informados debidamente de las normas de compensación y asistencia por parte de la compañía con la que viajamos. O bien en la puerta de embarque o en el mostrador de facturación que nos corresponda, nos tendrán que facilitar un informe escrito en el que figuren estas normas.

En función del tiempo de espera, la compañía deberá ofrecerte comida y bebida suficientes o proveernos de vales que canjear en restaurantes, y si el retraso nos obliga a pasar la noche (o varias), nos deberán facilitar alojamiento en un hotel y transporte entre éste y el aeropuerto.

Ahora lo importante, porque antes de pensar en qué variedad de bocadillos tienen para ofrecernos, a lo primero a lo que va nuestra mente es a recuperar el dinero que hemos pagado por un servicio que no se nos está ofreciendo como es debido…. Además de lo anterior podremos pedir una indemnización que variará dependiendo de la distancia de vuelo. Así, podremos reclamar:

a) Para vuelos de menos de 1500 km – 250€ (Con retrasos de más de 3 horas)

b) Para vuelos de entre 1500 km y 3500 km – 400€ (Con retrasos de más de 3 horas)

c) Para vuelos de más de 3500 km – 600€ (aunque si el retraso está entre las 3 y las 4 horas sólo se nos abonará el 50%, 300€).

En el caso de que el pago de esas cantidades no compense los gastos que se han derivado del retraso de nuestro vuelo, podremos reclamar la cantidad restante por daños y perjuicios -siempre que podamos demostrarlo debidamente- hasta un tope de 5.150€. ¡Guarda esos tickets!

Y si el retraso del vuelo es superior a 5 horas (sentimos que hayas tenido tan mala suerte), junto a todo lo anterior tendrás derecho, además de a un vuelo de vuelta a tu punto de partida, al reembolso del precio de tu billete (en un plazo de 7 días) si decides que no te compensa viajar: por lo menos para la parte del viaje no efectuada, y también a la ya efectuada si el viaje no tiene razón de ser como consecuencia del retraso.

CANCELACIÓN

Al igual que ocurría con los retrasos, además de ser informados debidamente de las normas de compensación y asistencia por parte de la compañía con la que viajamos, tendremos derecho a comida y bebida suficientes y al alojamiento y transporte necesarios hasta que nos asignen un nuevo vuelo, además de una indemnización económica basada en el mismo criterio de distancia que en el caso de los retrasos. En cuanto al reembolso, la compañía nos deberá dar a elegir entre tres opciones para seleccionar la que más nos convenga:

a) Reembolso del precio íntegro del billete incluyendo la parte o partes del viaje efectuadas si el viaje ya no tiene razón de ser, en un plazo máximo de 7 días, además de un vuelo de vuelta al primer punto de partida tan pronto como sea posible.

b) Traslado al destino final lo antes posible en condiciones de transporte comparables al vuelo contratado.

c) Traslado al destino en condiciones comparables en otra fecha que convenga al pasajero.

En el caso de que la compañía no te ofrezca una alternativa en estas condiciones y te veas obligado a viajar por tu cuenta (con cualquier otra compañía), te deberán reembolsar todos los gastos en que hayas incurrido para llegar a tu destino, así como aquellos derivados de trasladarte de un aeropuerto a otro en las ciudades en las que hay más de uno si fuera distinto del que tenías reservado

En cualquier caso, no tendrías derecho a compensación en cualquiera de estos casos:

1. Si te avisaron de la cancelación con más de 2 semanas de antelación.

2. Si te avisaron de la cancelación con una antelación de entre 2 semanas y 7 días, y el vuelo nuevo ofrecido por la compañía sale al menos dos horas antes y llega hasta 4 horas después de las horas iniciales de tu vuelo.

3. Si te avisaron de la cancelación el mismo día del vuelo o con menos de 7 días y el vuelo que te ofrecen sale como mucho 1 hora antes de la salida inicial y llega como mucho 2 horas más tarde a la hora de llegada inicial.

4. Si te proporcionan una alternativa de viaje y llegas a tu destino con menos de 3 horas de retraso.

3. OVERBOOKING O DENEGACIÓN DE EMBARQUE

En el caso de que la compañía haya vendido más billetes para ese vuelo de los que realmente tiene (práctica conocida como overbooking), deberán informarte debidamente como ocurría en los otros dos supuestos de las normas de compensación y asistencia.

Además, tendrás derecho a los beneficios que la compañía aérea decida ofrecerte: descuentos en otros vuelos, volar en una clase superior o incluso una compensación económica.

Al igual que en los otros dos casos, tendrás derecho al reembolso del precio de tu billete y a un transporte alternativo, así como a que la compañía compense los gastos que se deriven de tu transporte a otro aeropuerto. Y también, claro, a la indemnización que te corresponde utilizando el criterio de la distancia de vuelo que veíamos antes.

Eso sí, a raíz de una sentencia del Tribunal Superior de la Unión Europea que equipara las incidencias con derecho a compensación que hemos visto (retraso, cancelación y overbooking), si la compañía ofrece una alternativa de viaje que llegara al destino programado con menos de 3 horas de retraso, no tendríamos derecho a solicitar ninguna compensación.

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