Paradojas en Hacienda: la prestación por maternidad paga el IRPF y las donaciones ilegales a los partidos desgravan

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Paradojas en Hacienda: la prestación por maternidad paga el IRPF y las donaciones ilegales a los partidos desgravan

Oficina de la Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria (AEAT) ha dejado claro que las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social no están exentas del pago del IRPF. Sin embargo, las donaciones ilegales a los partidos sí desgravan. Las controversias en Hacienda no tienen parangón. La Agencia Tributaria (AEAT) ha dejado claro que las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social no están exentas del pago del IRPF. Sin embargo, las donaciones ilegales a los partidos sí desgravan.

En un comunicado, la Agencia Tributaria ha explicado que sus oficinas han recibido diversos escritos solicitando la rectificación de las declaraciones de IRPF de los ejercicios 2009 a 2012 para que se les devolviera lo correspondiente a la supuesta exención de las cantidades satisfechas por la Seguridad Social en concepto de prestación por maternidad.

Esta situación, ha añadido la Agencia Tributaria, ha tenido su origen en la difusión masiva de mensajes telefónicos en los que se insta a la presentación de escritos ante la AEAT para todas aquellas personas que hubiesen percibido este tipo de prestación en los años señalados.

A este respecto, la Agencia Tributaria ha indicado que las retribuciones satisfechas en forma de prestación por maternidad por parte de la Seguridad Social no se encuentran entre los supuestos de exención y deben considerarse como rendimientos del trabajo.
Asimismo, ha diferenciado entre las prestaciones por maternidad satisfechas por la Seguridad Social y las percibidas de otros entes o administraciones.

Según el articulado de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), se consideran exentas “las prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad”, así como “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales”.

Sin embargo, las donaciones ilegales a los partidos desgravan. Por ejemplo, según la contabilidad B de Bárcenas, el PP ingresó 1.055.000 euros y realizó pago por 1.464.710 euros. Los peritos consideran que las donaciones son irregulares a la luz de la Ley de Financiación de Partidos, ya que superaban, en muchos casos, los límites de 100.000 euros por donante y procedían de empresas que no pueden dar dinero a partidos porque no tienen contratos con la Administración.

Aunque los peritos sostienen que el hecho de que los donativos incumplan la Ley de Financiación de Partidos no implica que no puedan estar sujetos a desgravación fiscal. Los expertos dicen que esa normativa considera exentas de tributación “las donaciones privadas efectuadas por personas físicas o jurídicas”, es decir, todas y no sólo aquellas ingresadas de forma legal por los partidos, según informa ‘El País’.

Según los expertos, si la Ley de Financiación hablara de donaciones realizadas “conforme a lo dispuesto” por esa norma –es decir solo las legales- “no habría dudas de que la exención no alcanzaría a las donaciones privadas analizadas” en la contabilidad de Bárcenas. Y por lo tanto, la cuota defraudada por el PP en el Impuesto de Sociedades del PP en 2008 superaría ampliamente los 120.000 euros del umbral del delito fiscal.

Los peritos también hacen la interpretación más favorable al PP al calcular la cuota del Impuesto de Sociedades de 2007. Los inspectores de Hacienda consideran “gastos deducibles” los pagos a dirigentes no reflejados en la contabilidad oficial. De no aplicarse esta desgravación y la de otras partidas que sí están consignadas en las cuentas oficiales, la cantidad defraudada por el partido conservador en ese año se elevaría a 135.500 euros, también por encima del listón del delito fiscal.

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