Nuevo varapalo judicial a Coca-Cola por la readmisión irregular de sus trabajadores

Justicia

Nuevo varapalo judicial a Coca-Cola por la readmisión irregular de sus trabajadores

Manifestación de los trabajadores de Coca-Cola

La Audiencia exime de trabajar a estos empleados mientras resuelve el Supremo y obliga a la multinacional a pagarles los salarios de sustanciación de junio a noviembre. Nuevo varapalo judicial a cuenta del ERE de Coca-Cola, ya que la Audiencia Nacional ha dictaminado que los trabajadores han sido readmitidos irregularmente.

Y es que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional considera irregular la readmisión de los empleados de Coca-Cola Iberian Partners en los centros de trabajo que suponen un cambio de residencia, por lo que les exime de trabajar hasta que el Tribunal Supremo resuelva definitivamente en casación y obliga a la compañía a pagarles, mientras tanto, los salarios de sustanciación desde el 12 de junio hasta el 20 de noviembre de 2014.

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional exime de trabajar a estos trabajadores, que tendría que cambiar de residencia, hasta que el Tribunal Supremo resuelva definitivamente en casación y obliga a la compañía a pagarles, mientras tanto, los salarios de sustanciación desde el 12 de junio hasta el 20 de noviembre de 2014, según informa el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en su web.

Esta decisión afecta a los 278 empleados que no se han incorporado al puesto de trabajo que les asignó la compañía en otra ciudad tras la anulación, en junio del año pasado, del expediente de regulación de empleo; a los 20 que sí se incorporaron a trabajar pero en fábricas que les obligaba a cambiar de residencia, así como a otros 10 cuyos contratos son fijos discontinuos y están pendientes del vencimiento de la fecha para su incorporación también en lugares diferentes de donde estaban sus puestos. En total, 308 trabajadores, en su mayoría de la fábrica de Fuenlabrada (Madrid). En cambio, no afecta a otros 41 a los que la compañía readmitió en el mismo centro y condiciones que tenían antes de su despido.

En un auto notificado hoy, en el que se admiten parcialmente las solicitudes de UGT y CCOO, los magistrados explican que Coca-Cola no ha cumplido “completamente” con la obligación que le impuso la Sala de reincorporar a los trabajadores en el mismo puesto de trabajo, por lo que condena a la empresa, además de a pagarles los sueldos sin exigirles contraprestaciones profesionales, a darles de alta en la Seguridad Social y cotizar hasta que se pronuncie el Supremo. Coca-Cola defendía que la readmisión en el mismo centro de trabajo había “devenido imposible” por el cierre de las fábricas de Fuenlabrada (Madrid), Colloto (Asturias), Alicante y Palma de Mallorca.

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