Expediente a Yoigo por subir las tarifas sin informar correctamente

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Expediente a Yoigo por subir las tarifas sin informar correctamente

Yoigo

El Ministerio de Industria ha abierto un expediente sancionador al operador de telefonía por elevar el precio del establecimiento de llamadas sin avisar con un mes de antelación ni explicar la posibilidad de darse de baja sin penalización. Yoigo podría enfrentarse a una multa por no informar de forma de forma adecuada a sus usuarios sobre la subida de las tarifas. La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (Setsi), dependiente del Ministerio de Industria, ha abierto un expediente sancionador a la compañía de Telia Sonera tras una denuncia de FACUA en la que la asociación de consumidores acusa al operador de no avisar con un mes de antelación ni explicar a sus clientes la posibilidad de darse de baja sin penalización alguna, tal y como recoge la normativa.

En concreto, el artículo 9 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de los derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, establece que «los operadores deberán notificar al usuario final las modificaciones contractuales con una antelación mínima de un mes, informando expresamente en la notificación de su derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna». Además, en base a la norma, “los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas sólo podrán ser modificados por los motivos válidos expresamente previstos en el contrato”.

Sin embargo, como recordaba FACUA, Yoigo se limitó a notificar a través de un SMS a los usuarios afectados la modificación unilateral del precio del establecimiento de llamada, que pasaba de los 18,15 euros a los 20 euros. “Yoigo info: hola, desde el 15 de septiembre el precio del establecimiento de llamada será de 20 cent. Con IVA incluido. Si no estás de acuerdo puedes pedir baja”, decía el mensaje, remitido con posterioridad al 15 de agosto y sin informar de que la baja del servicio no conllevaría ningún coste al cliente.

Además, la asociación de consumidores apuntaba en su denuncia que la subida del coste de llamadas no respeta las condiciones de los contratos de permanencia, pues estas tienen que ser asumidas también por las compañías, que tienen que respetar las tarifas durante su vigencia, y si no lo hacen, abonar a los clientes una compensación económica equivalente a la penalización que establecen estos contratos cuando se produce un incumplimiento.

Las sanciones contempladas en el Real Decreto sobre los servicios de comunicaciones electrónicas para las infracciones cometidas por Yoigo pueden suponer un importe de hasta dos millones de euros, apunta FACUA.

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