Atención a los productos vinculados a la hipoteca: cuáles son y su obligatariedad

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Atención a los productos vinculados a la hipoteca: cuáles son y su obligatariedad

Hipoteca

Los expertos recuerdan que sólo el seguro de daños es obligatorio y aconsejan comparar hipotecas no por su diferencial de interés sino por los productos que llevan asociados. Las entidades financieras están aumentando paulatinamente el número de los productos vinculados al préstamo hipotecario, servicios como seguros o tarjetas de crédito que si son contratados pueden rebajar el tipo de interés de la hipoteca pero también suponer un coste extra y convertirse en una pesada carga a la hora de abonar la mensualidad. Para evitarlo, los expertos hacen unas recomendaciones antes de decantarse por una u otra hipoteca, unos consejos que podrían resumirse en dos: comparar y hacer números pero no atendiendo únicamente al diferencia de interés de los distintos préstamos que hay en el mercado, sino a los productos vinculados que tiene asociados, sabiendo cuales son obligatorios y cuánto dinero nos van a costar.
 
Los productos más frecuentes que los bancos vinculan a la concesión de una hipoteca, son la domiciliación de la nómina, domiciliación de recibos (los principales de agua, luz, gas…), tarjeta de débito de crédito –o ambas-, seguro de hogar, seguro de vida, seguro de desempleo o seguro de protección de pagos y un plan de pensiones, y lo primero que hay que tener claro según Bankimia.com es que todos no son obligatorios.
 
Desde el citado comparador de productos bancarios precisan que primero, se debería diferenciar entre requisitos y vinculaciones. “Los primeros son aspectos que sí o sí tiene que cumplir el futuro titular del préstamo, en este caso hipotecario, para que la entidad se lo conceda. Por ejemplo, que el nivel de endeudamiento no supere entre el 30% y el 40% de los ingresos”. Mientras que “los segundos son productos que los bancos ofrecen a los futuros hipotecados a cambio de facilitarles una disminución o rebaja del interés que les van a aplicar. Con ello, fortalecen la relación del cliente con la entidad y cabe recordar que no son obligatorios”.
 
Maica López, responsable de contenidos de Bankimia, explica que “las vinculaciones pueden ser mayores o menores, en función de la entidad” e indican que “de hecho, la gran mayoría publicitan dos versiones de la misma hipoteca: una sin vinculación y otra con máxima vinculación. Ésta puede ir de uno a siete productos adicionales”. Y aclara que las bonificaciones, dependen también de la financiera, aunque “o más habitual es que se reste un porcentaje al interés por cada producto que se asuma”. Aunque recuerda que “el único seguro de contratación obligatoria es el de daños, conocido también como del hogar, que cubre el valor del inmueble en caso de incendio, inundación… Y no tiene porqué suscribirse con el banco, se puede negociar con una compañía externa.
 
Antes de aceptar alguno o todos los productos vinculados, en opinión de Maica López, hay que tener varios aspectos en cuenta y es imprescindible saber cuántos son, lo que cuestan y en qué plazos los debemos pagar, para “hacer números y valorar si la bonificación que se obtiene al contratar, por ejemplo, los seguros con el banco, compensa económicamente”. Ya que “puede darse el caso que el mismo seguro, suscrito en una empresa externa, salga más barato que hacerlo con la entidad, incluso contando con descuento que se obtendrá en el interés del préstamo.
 
Desde el comparador también aconsejan “aplicar sentido común y plantearse si realmente se va a poder cumplir con las exigencias para lograr la rebaja en el interés”. “Por ejemplo, si se requiere la contratación de tarjetas, ver qué comisiones tienen y plantearse si realmente se es usuario habitual de ellas. Y si se pide un consumo mínimo, analizar si se va a poder cumplir”. “Porque de nada va a servir el descuento si lo más probable es que no se puedan llevar a cabo los requisitos de las vinculaciones, advierte Maica López.
 
Desconocimiento
 
Sin embargo, según un estudio realizado por el comparador de seguros de vida traetupoliza.com, 4 de cada 5 españoles cree que está obligado a tener el seguro de vida con su entidad financiera, cuando en realidad este planteamiento está prohibido de por ley, destacando que “el problema reside en el desconocimiento por parte de los españoles respecto a las contrataciones, coberturas y capitales, lo que les lleva a obtener un seguro de vida ligado a la hipoteca, en muchos casos, sin haber valorado la cobertura específica del mismo y con un precio muy por encima de la media del mercado”. 
 
“Existe un gran desconocimiento por parte del cliente que va en busca de financiación, y eso lo paga muy caro en el momento de contratar un seguro de vida”, afirma Víctor Gómez, fundador de traetupoliza.com, quien añade que “cuando una persona compra su casa lo hace con ilusión y no se para a pensar que está firmando productos que son delicados, para los que es necesario una correcta contratación ya que de lo que se trata es dar una solución a nuestros seres queridos y no dejarles un problema adicional, en el caso de que suceda algún imprevisto”. Un desconocimiento al que el representante de este comparador añade el “temor que existe por parte de los clientes a la penalización por la desvinculación”. E informa que “para poder ser aplicada debe estar recogida por escrito en las escrituras” e indica que también es importante saber “que se puede calcular el coste de dicha desvinculación y así conocer si nos interesa realizarla.
 
Daniel Jiménez, fundador de Ibervida, una correduría de seguros especializada en mediación y en seguros de vida, explica que los seguros que venden los bancos pueden ser más caros que los ofrecidos por cualquier aseguradora y subraya que además, no sólo hay que fijarse en el precio sino en las coberturas que tiene la póliza, que pueden no ser suficientes para nuestras necesidades.
 
El representante de Ibervida explica que el 80% de los clientes que se acercan a la correduría a plantear inquietudes sobre sus seguros de vida son personas que lo han suscrito con el banco a la hora de firmar una hipoteca y que tienen dudas sobre sus coberturas, por ejemplo sobre si cubre su fallecimiento en caso de infarto o suicidio, aunque señala que también hay muchos “asegurados que quieren saber si puede poner como destinario del seguro de vida a sus familiares, en lugar de poner al banco como les sugieren desde la entidad financiera”.
 
Finalmente, desde Bankimia recuerdan que los productos vinculados a la hipoteca, salvo el obligatorio seguro de daños, se pueden cancelarse después de firmarse la hipoteca siempre, aunque hay que tener en cuenta que su cancelación puede dar lugar a que el banco nos suba el tipo de interés. Para saber si los productos asociaciones bonifican o no el tipo de interés del préstamo hay que mirar la escritura de la misma, precisando que este tipo de cláusulas aparecen en un apartado denominado “Revisión del tipo de interés”.

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