Multa de 400.000 a Galp por cambiar el suministro de luz y gas sin el consentimiento de los clientes

Energía

Multa de 400.000 a Galp por cambiar el suministro de luz y gas sin el consentimiento de los clientes

Sede de la CNMC

Competencia ha sancionado a la compañía energética por vulnerar varios derechos de los consumidores. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Galp con una multa de 400.000 euros por haber vulnerado el derecho de los consumidores a elegir su suministrador de energía eléctrica y de gas, así como por el incumplimiento de otras medidas de protección del consumidor, según ha anunciado esta mañana el regulador.

La sanción responde a las denuncias presentadas ante el supervisor de Energía en 2012, que alertaban de cambios irregulares de suministrador de gas y de electricidad sin contar con el debido consentimiento de los clientes. En concreto, según recoge la resolución del consejo de la CNMC, fechada el 12 de mayo, “las denuncias formuladas por los consumidores, bien directamente o bien a través de organizaciones de consumidores, hacían referencia a cambios de compañía comercializadora de gas y de electricidad sin consentimiento a favor de Galp Energía, así como a la contratación de servicios complementarios por parte de dicha compañía y a deficiencias en el servicio de atención al cliente”.

Además, en muchas ocasiones, el número del servicio de atención al cliente facilitado por Galp en consistía en un teléfono de tarificación especial de pago, lo que suponía un coste para el cliente en el caso de querer trasladar sus quejas o realizar de nuevo un cambio de suministro.

El organismo de Competencia, tras iniciar el 21 de mayo de 2015 un procedimiento sancionador, considera que se trata de “infracciones graves” a los artículos sobre la protección al consumidor de la Ley del Sector de Hidrocarburos y de la Ley del Sector Eléctrico. Por ello, ha impuesto una multa de 400.000 euros, 200.000 de ellos por el caso del sector del gas natural y los otros 200.000 por el del sector eléctrico, explica la resolución.

Ahora Galp Energía tiene un plazo de dos meses para recurrir la decisión de la CNMC ante la Audiencia Nacional si así lo desea.

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