Los afectados por las cuotas de la CAM perderán su inversión tras años de pleito

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Los afectados por las cuotas de la CAM perderán su inversión tras años de pleito

Antigua sede de la CAM

Hasta 60.000 minoristas compraron títulos a la caja hace ocho años con inversión mínima de 3.000 euros. La magistrada del Juzgado General de Instrucción nº 3 de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha decidido archivar la pieza abierta por la comercialización de las cuotas participativas de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM). La decisión deja a unos 60.000 minoristas sin posibilidad de recuperar los títulos emitidos en 2008. En aquel momento, la CAM sacó al mercado sus cuotas participativas. Colocó 50 millones de títulos a un precio de 5,84 euros. Lehman Brothers, que quebró sólo dos meses después, fue el banco colocador de la emisión.

Un 65,5% de las cuotas (32,7 millones de títulos) se colocó entre minoritarios. Estos clientes debían realizar una inversión mínima de 3.000 euros. Teniendo en cuenta estas cifras, algo más de 60.000 minoristas, la mayoría clientes de la CAM, se hicieron con estos títulos.

La CAM colocó otro 31% de los títulos (15,5 millones), entre inversores cualificados. 1,75 millones de cuotas se destinaron a empleados de la entidad.

No obstante, la juez ha decretado que continuará con la tramitación de la venta de participaciones preferentes y deuda subordinada, y propone juzgar por estos hechos a los ex directores generales de la entidad Roberto López Abad y Dolores Amorós Marco. Deben ser juzgados por los delitos de estafa y/o un delito relativo al mercado y a los consumidores por las irregularidades en la comercialización de las participaciones preferentes y deuda subordinada. Además, la juez considera responsables civiles subsidiarias a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo y Banco Sabadell.

Queda archivada la causa respecto de Juan Luis Sabater Navarro, Francisco Martínez y Vicente Soriano por cuanto “de lo actuado no se desprende que ninguno de ellos tuviera participación directa en los hechos”.

La titular subraya que si bien se publicó un folleto informativo en el que se explicaba en qué consistía el producto y los riesgos, éste se distribuyó a través de una circular interna en la que se incluía la necesidad de realizar un test de idoneidad que “se diseño y realizó de manera irregular”.

La validez de los folletos

En relación con las cuotas participativas que se archivan, el auto analiza los informes de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y los peritos del Banco de España y concluye que los últimos estados financieros publicados en el momento de su emisión eran los de diciembre de 2007, que “no estaban falseados (ya que las cuentas que han sido detectadas como falseadas son las cuentas anuales de 2010 y las intermedias de 2011)”.

Añade que la CNMV participó activamente en la elaboración del folleto informativo, “siendo correcta la información contenida en el mismo y facilitada a los inversores. De la misma manera no consta que la CNMV detectara ninguna irregularidad relevante” en la comercialización de la cuotas de la CAM entre la clientela minorista de el entidad.

No obstante, las cuotas participativas comercializadas entre las 13:03 horas del 1 de marzo de 2011 y el 22 de julio de ese año, fecha en que se hizo público el inicio del proceso de reestructuración de la CAM, están incluidas en la pieza principal donde los perjudicados han podido formalizar sus escritos de acusación.

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