Moody’s da un toque de atención a las cédulas hipotecarias por la ley de segunda oportunidad

Ley segunda oportunidad

Moody’s da un toque de atención a las cédulas hipotecarias por la ley de segunda oportunidad

Moody's

Para la agencia la norma supone “un claro debilitamiento” del recurso completo que existía anteriormente para las hipotecas en España. La denominada ‘ley de segunda oportunidad’ anunciada por el Gobierno tendrá un impacto crediticio negativo sobre el rendimiento de los préstamos hipotecarios y a las pymes, así como a las titulizaciones vinculadas a estos, según ha advertido la agencia de calificación Moody’s, porque permite la condonación de la deuda pendiente después de la entrega de la propiedad, aunque sin llegar a ser una dación en pago propiamente dicha.

Fuentes del Ministerio de Economía señalaron la semana pasada, cuando el Consejo de Ministros aprobó el texto, que a su juicio el nuevo decreto no tendría por que conllevar un encarecimiento del crédito. La dación en pago será sólo el último recurso, ya que el Gobierno evita en la nueva normativa que las personas puedan acogerse a una ‘insolvencia selectiva’, es decir, entregar las llaves de la casa y quedar ‘limpias’ de deudas. Además, se considera que tras la profunda reestructuración llevada a cabo por el sector en los últimos años, incluidas unas ayudas públicas de 60.000 millones de euros, la ley de segunda oportunidad no pondrá en riesgo a la banca.

Por lo pronto, Moody’s no lo tiene tan claro. La agencia de calificación explica en un informe elaborado por los analistas séniores José de León y Antonio Tena que la norma facilita la condonación de la deuda a través de la quiebra personal, entre otras medidas destinadas a aligerar la carga de los individuos. Por ello, advierten de que será negativo para los bonos garantizados (cédulas hipotecarias) y las titulizaciones respaldadas por créditos a particulares, para las titulizaciones respaldadas por hipotecas (RMBS) y para los bonos garantizados de pymes (ABS PYME).

Para la agencia de rating, la condonación de la deuda una vez entregada la vivienda o el inmueble hipotecado supone “un claro debilitamiento” del recurso completo que existía anteriormente para préstamos garantizados en España. A su juicio, la nueva norma facilita a las personas físicas declararse en bancarrota y comenzar un procedimiento de quiebra (concurso de acreedores) en un juzgado si no son capaces de satisfacer sus deudas totales.

La bancarrota es bien conocida en el marco legal español para las empresas, pero en las personas rara vez se usaba porque la deuda hipotecaria no estaba sujeta a una exoneración. Sin embargo, a partir de ahora cualquier persona puede pedir la protección por bancarrota, sin otro límite previsto de actuar de buena fe, destaca Moody’s, que considera que, a diferencia de las empresas, el caso más probable es que estos ciudadanos sólo tengan su vivienda hipotecada como activo con el que responder de sus deudas.

La agencia señala que sus supuestos predeterminados consideraban a las hipotecas residenciales como ‘deuda de recurso completo’, es decir, aquella que pase lo que pase el prestatario debe pagar. En ese sentido, el efecto de este cambio legal dependerá de hasta qué punto los prestatarios optan por este mecanismo legal, que no es sencillo dadas las formalidades legales.

No obstante, la nueva normativa no mitiga por completo el riesgo moral, ya que otorga a los acreedores el derecho a pedir la revocación de condonación de la deuda en los casos de fraude o de una mejora significativa de los activos del prestatario. Sin embargo, los prestamistas tienen poca capacidad práctica para monitorear a sus antiguos prestatarios, recuerda Moody’s.

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