El Supremo abre la puerta a que las empresas se valgan de la subcontratación para ‘burlar’ huelgas

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El Supremo abre la puerta a que las empresas se valgan de la subcontratación para ‘burlar’ huelgas

Tribunal Supremo

El Supremo defiende este derecho ya que considera que impedirlo supondría una defensa “exorbitante” del derecho de huelga. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo defiende el derecho de una empresa a subcontratar a otra para realizar trabajos durante la convocatoria de una huelga, ya que considera que impedirlo supondría una defensa “exorbitante” del derecho de huelga. La sentencia, que adelanta el diario Expansión, admite el recurso presentado por la empresa Altrad Rodisola, especializada en el montaje y alquiler de andamios, contra una sentencia de la Audiencia Nacional que daba la razón a una demanda del sindicato CGT.
 
El sindicato denunció en la Audiencia Nacional la decisión de la compañía de acudir a otras empresas para realizar algunos trabajos que tenía apalabrados con sus clientes, y la sala de lo Social le dio la razón en noviembre de 2016. Sin embargo, el Supremo entiende ahora que el empresario “únicamente contrató con terceras empresas la ejecución de trabajos urgentes, que de no haber sido ejecutados hubieran causado perjuicios irreparables” para la comunidad, sin “ni siquiera intentar negociar servicios mínimos”, algo que hubiera sido “lógico”.
 
Lo que hizo el empresario fue informar a sus clientes sobre la huelga para que pudieran subcontratar temporalmente los trabajos que los empleados de Altrad habrían desarrollado durante su transcurso, accediendo a que fuera manipulado por terceros su propio material operativo. Ha quedado probado, prosigue el Supremo, que Altrad no tenía vinculación suficiente con sus clientes para “codecidir” con ellas la realización de esos trabajos por terceras empresas de la competencia, ni estaba en condiciones de impedir que sus clientes las contratasen con terceros.
 
Además, “tampoco se benefició de ello, porque no realizó ni cobró tales trabajos ni colaboró en su realización”, señala el Alto Tribunal.

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